# Novedades
- EJU TV - Crisis en Bolivia: sectores afines a Luis Arce anunciaron que defenderán la democracia «ante los planes golpistas de Evo Morales»
- RED UNO - Iván Lima apunta a una candidatura para las elecciones de 2025
- EJU TV - Iván Lima apunta a una candidatura para las elecciones de 2025
- EJU TV - Fiscalía admite denuncia de Eva Copa contra Ponciano Santos por violencia política y su defensa tramita orden de aprehensión
- EJU TV - Exministro Lima acusó a Hugo Vargas, candidato a magistrado de buscar paralizar las elecciones judiciales
- ANF - Exministro Lima acusó a Hugo Vargas, candidato a magistrado de buscar paralizar las elecciones judiciales
- EJU TV - Claure enciende las redes sociales al preguntar “quién va a ser el presidente de nuestra amada Bolivia”
- EJU TV - TSE prepara la difusión de méritos de los candidatos judiciales
- ABI - TSE prepara la difusión de méritos de los candidatos judiciales
- ERBOL - Diputada de CC asegura que apoyar a Manfred Reyes Villa es apoyar al MAS; “es un satélite del masismo”
- EJU TV - Diputada de CC asegura que apoyar a Manfred Reyes Villa es apoyar al MAS; “es un satélite del masismo”
- El País - Estas son las tres preguntas reformuladas que Arce envió al TCP para el referéndum
- Los Tiempos - Manfred Reyes Villa inicia recolección de firmas para establecer su agrupación política
- El Diario - Disidentes de CC anuncian respaldo para Reyes Villa
- Correo del Sur - José Carlos Sánchez Verazaín abandona el Movimiento Tercer Sistema por desacuerdos ideológicos
- UNITEL - Claure enciende las redes sociales al preguntar “quién va a ser el presidente de nuestra amada Bolivia”
- ERBOL - Pacto de Unidad ‘arcista’ advierte al TCP y TSE con medidas drásticas si no reconocen a Grover García como cabeza del MAS
Medio: La Patria
Fecha de la publicación: miércoles 22 de agosto de 2018
Categoría: Debate sobre las democracias
Subcategoría: Repostulación presidencial / 21F
Dirección Web: Visitar Sitio Web
Lead
El exfiscal del Estado, Pedro Gareca, advierte que es un error del Gobierno interpretar que la negación a la medida cautelar por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos reconoce la validez de la sentencia del Tribunal Constitucional que avala la repostulación del Presidente Evo Morales.
Contenido
"Es un error interpretar que la negación de la medida cautelar reconozca la validez de la sentencia del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) 0084/2017 de 28 de noviembre, misma que es inconstitucional por violar la Constitución de Bolivia y el artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH)", sostiene Gareca en un artículo de opinión publicado en ANF.
Añade que esta decisión de la Comisión "no afecta de ninguna manera la demanda de fondo de los resultados del Referéndum" que se realizó el 21 de febrero de 2016, "que dijo No a la reelección indefinida de Evo Morales y Álvaro García Linera", después que el relator por Bolivia, Francisco Eguiguren Praeli informara que la CIDH negó las medidas cautelares que interpusieron políticos opositores referidas a evitar una habilitación de Morales en las elecciones de 2019.
En el mes de febrero, el senador Oscar Ortiz de Unidad Demócrata informó que presentaron "una solicitud de medidas cautelares para evitar que los Órganos del Estado puedan tomar alguna medida o registrar alguna candidatura que implique el desconocimiento de la Constitución y de la decisión tomada mediante el voto popular en el referendo del 21 de febrero de 2016".
Para Gareca la protección de la democracia es imperiosa, urgente y reviste de gravedad porque está en juego el referéndum del 21F y el derecho político de los bolivianos que además están protegidos por la Convención Americana de Derechos Humanos, no obstante señala que se "requieren el pronunciamiento de la Comisión (opinión consultiva) dirigida a la Corte Interamericana de Derechos Humanos para que este organismo jurisdiccional internacional, con plena atribución que le confiere el artículo 64 de la Convención Americana de Derechos Humanos procede a la interpretación del artículo 23 de Convención", sostiene.
Toda vez que una sentencia del Tribunal Constitucional en forma "insólita" vulnera la propia Constitución de la cual es garante y no un garante de la "democracia militante" del sistema gobernante. El exfiscal argumenta que las características para la otorgación de una medida cautelar son que sea urgente, es decir que el riesgo o amenaza al derecho vinculado al fondo es evidente que se materialice.
Por otra parte, que sea una situación de gravedad y que el daño sea irreparable por naturaleza y finalidad de la lesión del derecho humano; Gareca explica que la medida cautelar no solo sirve para "restablecer un daño o indemnizar", sino "para prevenir o anticiparse a la lesión del derecho individual o colectivo.
"La finalidad de la otorgación y aplicación de la medida cautelar por el organismo internacional (CIDH), tiene por finalidad prevenir y reparar el daño, y en ningún momento su aplicación significará prejuzgamiento sobre los derechos protegidos en la Carta Americana sobre Derechos Humanos", sostuvo.
Añade que esta decisión de la Comisión "no afecta de ninguna manera la demanda de fondo de los resultados del Referéndum" que se realizó el 21 de febrero de 2016, "que dijo No a la reelección indefinida de Evo Morales y Álvaro García Linera", después que el relator por Bolivia, Francisco Eguiguren Praeli informara que la CIDH negó las medidas cautelares que interpusieron políticos opositores referidas a evitar una habilitación de Morales en las elecciones de 2019.
En el mes de febrero, el senador Oscar Ortiz de Unidad Demócrata informó que presentaron "una solicitud de medidas cautelares para evitar que los Órganos del Estado puedan tomar alguna medida o registrar alguna candidatura que implique el desconocimiento de la Constitución y de la decisión tomada mediante el voto popular en el referendo del 21 de febrero de 2016".
Para Gareca la protección de la democracia es imperiosa, urgente y reviste de gravedad porque está en juego el referéndum del 21F y el derecho político de los bolivianos que además están protegidos por la Convención Americana de Derechos Humanos, no obstante señala que se "requieren el pronunciamiento de la Comisión (opinión consultiva) dirigida a la Corte Interamericana de Derechos Humanos para que este organismo jurisdiccional internacional, con plena atribución que le confiere el artículo 64 de la Convención Americana de Derechos Humanos procede a la interpretación del artículo 23 de Convención", sostiene.
Toda vez que una sentencia del Tribunal Constitucional en forma "insólita" vulnera la propia Constitución de la cual es garante y no un garante de la "democracia militante" del sistema gobernante. El exfiscal argumenta que las características para la otorgación de una medida cautelar son que sea urgente, es decir que el riesgo o amenaza al derecho vinculado al fondo es evidente que se materialice.
Por otra parte, que sea una situación de gravedad y que el daño sea irreparable por naturaleza y finalidad de la lesión del derecho humano; Gareca explica que la medida cautelar no solo sirve para "restablecer un daño o indemnizar", sino "para prevenir o anticiparse a la lesión del derecho individual o colectivo.
"La finalidad de la otorgación y aplicación de la medida cautelar por el organismo internacional (CIDH), tiene por finalidad prevenir y reparar el daño, y en ningún momento su aplicación significará prejuzgamiento sobre los derechos protegidos en la Carta Americana sobre Derechos Humanos", sostuvo.