Medio: ERBOL
Fecha de la publicación: sábado 29 de junio de 2024
Categoría: Consulta previa
Subcategoría: Consulta a NPIOC
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Los dirigentes de la Central de Pueblos Indígenas de La Paz (CPILAP) tienen previsto asumir en Sucre el acto jurídico de apersonamiento para solicitar al Tribunal Constitucional Plurinacional la ratificación de la acción popular que protege sus derechos contra la minería aurífera ilegal, y requerir que sean informados si la resolución judicial emitida por el Juez de Garantías Constitucionales de Rurrenabaque sufre algún cambio u observación.
La presentación del memorial será realizada por la ventanilla única del Tribunal Constitucional Plurinacional, el próximo lunes 1 de julio en la ciudad de Sucre. La autoridad judicial encargada de la revisión de la sentencia de la Acción Popular favorable a la CPILAP tiene plazos perentorios para revisar la documentación que está clasificada con el código “EXP 58822-AP”.
En junio de 2023, se mostraron los resultados alarmantes del estudio científico denominado “Impacto de la minería aurífera en comunidades indígenas” que se realizó con muestras de cabellos de más de 300 personas por iniciativa de la CPILAP y se conoció que la contaminación por mercurio afecta a seis pueblos indígenas del norte de La Paz, quienes superan de dos a siete veces el límite permitido por las organizaciones mundiales de salud.
En esa oportunidad, se reveló que los más afectados son los pueblos tsimane y ese ejja, que se alimentan de pescado y que habitan en la cuenca baja de los ríos, donde se concentran los desechos que se originan en la parte superior por la intensiva actividad minera mecanizada que emplea el mercurio para el rescate de oro.
El vicepresidente de la CPILAP, Lino Illimuri dijo que la contaminación más alarmante es de los hermanos ese ejjas que se alimentan de pescado continuamente y que por ello son los que tienen mayor contaminación con mercurio con 6,9 ppm (partes por millón). Le siguen los tsimanes con 6,8 ppm, los mosetenes con 4,0 ppm, uchupiamonas con 2,5 ppm, tacanas con 2,1 ppm y los lecos con 1.9 ppm. “Toda la recolección de muestras y sus resultados superan los límites permitidos”.
La acción popular
La acción popular fue presentada el pasado 1 de agosto por los dirigentes de los pueblos indígenas al Juzgado de Rurrenabaque, en demanda por la vulneración de sus derechos a la libre determinación, a la consulta previa libre e informada, al medio ambiente sano, a la gestión territorial, a la salud, y a la integridad del territorios de los pueblos indígenas que conforman la CPILAP, provocada por las actividades mineras en los ríos Beni, Madre de Dios y sus afluentes los ríos Kaka, Alto Beni, Tuichi y Quiquibey.
Las instancias accionadas fueron el Ministerio de Medioambiente y Agua, el Ministerio de Minería y Metalurgia, la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera – AJAM (Nacional y Departamental de La Paz), el Gobierno Autónomo Departamental de La Paz y sus secretarías de Derechos de la Madre Tierra y de Minería.
En la acción popular se denunció que las autoridades han incumplido su deber de controlar y fiscalizar la actividad minera aurífera que utiliza sustancias tóxicas como el mercurio; además, no han tomado medidas efectivas para proteger los derechos antes mencionados de los pueblos indígenas que habitan la Cuenca de los ríos Beni y Madre de Dios.
En una primera audiencia virtual del proceso judicial que se cumplió el nueve de agosto de 2023, el Juez Mixto de Rurrenabaque, constituido en Tribunal de Garantías, Edwin Pallete dictaminó como medida cautelar la suspensión de las actividades mineras ilegales en los ríos Beni y Madre de Dios y sus afluentes, e identificó a la AJAM como la instancia responsable de dar cumplimiento.
También solicitó al SENASAG, SEDES, Ministerio de Salud y Deportes y a la UMSA, en calidad de Amicus Curiae (terceros ajenos a la disputa que aportan con argumentos u opiniones) la entrega de informes referidos a los impactos de la minería aurífera por contaminación con mercurio en los peces y en la salud de las personas.
Fallo histórico
La audiencia decisiva se realizó del 8 al 9 de septiembre de 2023 y se extendió por 15 horas, en esa oportunidad el Juzgado Mixto de Rurrenabaque determinó conceder la tutela solicitada por la CPILAP, que fue calificada como un “fallo histórico”, porque la misma logró obtener medidas específicas de protección, identificando las instituciones responsables de cumplirlas.
Respondiendo al petitorio de los pueblos indígenas y de acuerdo a las irrefutables pruebas que fueron presentadas en el proceso, el Juzgado de Rurrenabaque dispuso la suspensión de todas las actividades mineras ilegales y de aquellas que no cuenten con licencia ambiental en los ríos Beni, Madre de Dios y sus afluentes, los ríos Alto Beni, Kaka, Quiquibey, Tuichi y Tequeje. A su vez, estableció la prohibición de otorgar nuevos derechos mineros en las cuencas de estos ríos.
Otro de los puntos centrales de la Resolución Judicial fue el mandato a la AJAM de “desarrollar verdaderos procesos de consulta previa, de acuerdo a estándares internacionales, y que este proceso debe alcanzar también a los casos de adecuación por derechos preconstituidos”.
Resolvió que se garantice la participación de la CPILAP y de las comunidades indígenas, originario campesinas e incluso interculturales de la región en la elaboración del Plan de Nacional de control, uso y reducción del Mercurio.
De la misma manera el Juez ordenó a la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera que en coordinación con las Fuerzas Armadas y la Policía Bolivia realicen controles rutinarios en los
ríos Beni y Madre de Dios, así como también en los ríos Tuichi, Quiquibey, Kaka, Alto Beni y Tequeje para controlar y evitar la proliferación de la minería ilegal.
Los dirigentes de la Central de Pueblos Indígenas de La Paz coincidieron en remarcar la fundamental importancia que tiene el cumplimiento de la resolución judicial de la acción popular, por lo que confirmaron su presencia en la ciudad de Sucre el próximo lunes para presentar el memorial al Tribunal Constitucional Plurinacional exigiendo su ratificación. (CPILAP)