Medio: UNITEL
Fecha de la publicación: lunes 24 de junio de 2024
Categoría: Órganos del poder público
Subcategoría: Asamblea Legislativa Plurinacional
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Después que una jueza de Cochabamba diera un plazo de 72 horas al vicepresidente David Choquehuanca para que convoque a la Asamblea Legislativa con miras a abordar los temas tratados en la sesión del 6 de junio, presidida por Andrónico Rodríguez, desde la Vicepresidencia emitieron un comunicado en el que observan esta conminatoria y remarcan que carece de competencia.
“En un desarrollo irregular, la Juez de Sentencia Penal No. 6, durante la audiencia, admitió una ampliación de la Acción de Defensa en contra del presidente de la Asamblea Legislativa Plurinacional (David Choquehuanca), sin que éste haya sido notificado previamente”, reza el comunicado de esta instancia estatal que fue difundido la tarde de este lunes.
Según la Vicepresidencia, juez de sentencia penal No. 6, del Tribunal Departamental de Cochabamba, actuó “al margen de todo orden constitucional” al asumir conocimiento de una acción de libertad presentada por la senadora Lucy Sara Escobar “en representación sin mandato” de Andrónico Rodríguez, presidente del Senado.
El fin de semana, la jueza de Cochabamba dio lugar a una acción para que Choquehuanca convoque a sesión del Parlamento “a fin de garantizar la validez constitucional de las actuaciones cuestionadas”, “para evitar actos de intromisión” de atribuciones.
Es así que se contempla en la determinación que se vuelvan a abordar los temas que estuvieron en la agenda de la sesión del 6 de junio, en la que se sancionó el proyecto de ley 075 de cese de magistrados autoprorrogados del Órgano Judicial y el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP).
“Esta decisión ha dejado al Órgano Legislativo en una situación de absoluta indefensión en la referida Acción de Defensa, al desconocer los términos y argumentos presentados por la parte accionante, vulnerando así la garantía constitucional y convencional del derecho a la defensa”, señala el comunicado de Vicepresidencia.
De acuerdo con el análisis de esta instancia gubernamental, la situación resulta jurídicamente incoherente y excede la razonabilidad jurisdiccional cuando se ordena a Choquehuanca convocar a la Asamblea Legislativa Plurinacional en un plazo de 72 horas.
“Tal orden carece de fundamento competencial, ya que no tiene la facultad de disponer el ejercicio de atribuciones de otro Órgano del Estado, en clara contravención a la Constitución Política del Estado y la jurisprudencia establecida por el Tribunal Constitucional Plurinacional”, reza el reporte.