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Medio: ERBOL
Fecha de la publicación: lunes 24 de junio de 2024
Categoría: Órganos del poder público
Subcategoría: Asamblea Legislativa Plurinacional
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La Asamblea Legislativa afirmó que la juez de Sentencia Penal No. 6, del Tribunal Departamental de Cochabamba carece de competencia para ordenar a este poder del Estado convocar a una sesión en un plazo de 72 horas, por lo que actuó “al margen de todo orden constitucional”.
“Ante la información difundida por medios de comunicación, cumple señalar que la Juez de Sentencia Penal No. 6, del Tribunal Departamental de Cochabamba, al margen de todo orden constitucional, asume conocimiento de una Acción de Libertad presentada por Lucy Sara Escobar Velasco, en representación sin mandato de Andrónico Rodríguez Ledezma, presidente de la Cámara de Senadores”, refiere un comunicado del Órgano Legislativo.
La senadora Escobar solicitó “el cese de la persecución y del procesamiento indebido respecto a Andrónico Rodríguez, por la convocatoria a la 7ma sesión Ordinaria de fecha 6 de junio de 2024", donde se aprobó la ley contra la prórroga de mandato de las autoridades del Órgano Judicial y del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), pese a un fallo constitucional que lo impedía.
Si bien la acción fue interpuesta contra los magistrados del Tribunal Constitucional Plurinacional, el comandante de la Unidad de Escoltas de Carabineros de la Policía Boliviana, el comandante del Batallón de Seguridad Física Estatal y el jefe de Seguridad de Presidencia de la Cámara de Senadores, en “un desarrollo irregular” durante la audiencia, la jueza de Sentencia Penal Nº 6, Silvia Clara Zurita, admitió una ampliación de la Acción de Defensa en contra del Presidente de la Asamblea Legislativa Plurinacional, David Choquehuanca, “sin que éste haya sido notificado previamente”.
“Esta decisión ha dejado al Órgano Legislativo en una situación de absoluta indefensión en la referida Acción de Defensa, al desconocer los términos y argumentos presentados por la parte accionante, vulnerando así la garantía constitucional y convencional del Derecho a la Defensa”, advierte el comunicado del Legislativo.
En el marco de ese proceso, Zurita ordenó al Vicepresidente del Estado Plurinacional y Presidente de la Asamblea Legislativa Plurinacional, David Choquehuanca, convocar a sesión de la Asamblea Legislativa Plurinacional en un plazo de 72 horas.
Para la Vicepresidencia, esa situación “resulta jurídicamente incoherente y excede la razonabilidad jurisdiccional”.
Además, “tal orden carece de fundamento competencial, ya que no tiene la facultad de disponer el ejercicio de atribuciones de otro Órgano del Estado, en clara contravención a la Constitución Política del Estado y la jurisprudencia establecida por el Tribunal Constitucional Plurinacional”.
Jfcch/CC