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Medio: Oxígeno Digital
Fecha de la publicación: viernes 14 de junio de 2024
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
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El Tribunal Supremo Electoral (TSE) rechazó el recurso extraordinario de revisión presentado por la dirigencia vista del Movimiento al Socialismo (MAS) y ratificó la primera amonestación grave contra el Instrumento Político por no renovar su directiva dentro de los primeros plazos establecidos.
En conferencia de prensa, los abogados del evismo señalaron que en su recurso, pidió al TSE explicar “su mandato y alcance” y justificar porque se amonestó al MAS y no a otras organizaciones políticas que no renovaron sus directivas. No obstante, el Órgano Electoral respondió que “no corresponde responder” a dichos cuestionamientos.
Asimismo, el TSE también rechazó responder el pedido del evismo sobre sus resoluciones que obligan a que la directiva de Evo Morales consensue con las organizaciones sociales reconocida por el Gobierno para convocar a un Congreso y también su rechazo a supervisar el encuentro convocado por la dirigencia evista.
“El TSE está queriendo forzar la proscripción”, denunció el delegado del MAS ante el Órgano Electoral, Diego Jiménez, a tiempo de reprochar que los vocales no aceptan recibirlos en audiencia.
En esa misma línea, el abogado Wilfredo Chávez agregó que “la proscripción está en curso”.
Chávez, en esa línea, afirmó que ahora presentarán acciones de tutela y afirmó que si esa estrategia también falla será muestra de una “confabulación” entre el TSE y el Gobierno para “quitar” el MAS a Evo Morales y su dirigencia y “entregarlo” a la derecha”.
Finalmente, denunció también que el vocal Gustavo Ávila, designado por el presidente, está haciendo todo lo posible para dar curso al recurso de revisión extraordinaria que presentaron los “arcistas” para validar el congreso de El Alto.
El TSE ha rechazo más de un Congreso convocado tanto por Evo Morales como por el Pacto de Unidad, por separado, e insiste en que el encuentro partidista para renovar la dirigencia debe ser consensuado entre ambas partes.



