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Medio: Los Tiempos
Fecha de la publicación: domingo 09 de junio de 2024
Categoría: Órganos del poder público
Subcategoría: Órgano Ejecutivo
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Las cuatro leyes sancionadas el 6 de junio en la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) presidida por el senador del Movimiento Al Socialismo (MAS) evista Andrónico Rodríguez son legales a pesar de la medida cautelar emitida por una sala constitucional para frenar la sesión, coincidieron constitucionalistas consultados por este medio.
A pesar del marco jurídico y constitucional que blindan las leyes sancionadas aún hay dos pasos que seguir para que entren en vigencia: su promulgación por el presidente Luis Arce Catacora y la posterior publicación en la Gaceta Oficial del Estado.
“De no hacerlo, entraríamos a las demandas y contrademandas en un círculo vicioso por incumplimiento de deberes”, explicó el constitucionalista Marco Antonio Valdivieso.
Sobre el tema, el diputado de Comunidad Ciudadana (CC) y abogado constitucionalista Carlos Alarcón explicó que, si Arce Catacora no promulga las leyes en un plazo de 10 días, debe hacerlo David Choquehuanca, de acuerdo con el artículo 163 de la Constitución Política del Estado (CPE), específicamente con el parágrafo 10.
Las leyes sancionadas por la oposición y el MAS evista son el cese de las autoridades autoprorrogadas del Órgano Judicial y del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), la continuidad del proceso de preselección de candidatos para las judiciales, la aprobación de un crédito por 176 millones de dólares para la doble vía Caracollo-Colomi y el tramo Confital-Bombeo y el decreto sobre amnistía e indulto en las cárceles.
Legalidad
El exmagistrado Marco Antonio Valdivieso explicó que la sanción de las leyes fue “totalmente válida porque hubo el quorum correspondiente y, en el proceso de la formación de las leyes, se cumplieron con éxito la legalidad y la constitucionalidad”.
En el caso de la ley de cesación de funciones de las autoridades autoprorrogadas, por ejemplo, éstos podrán seguir en sus cargos “hasta que se promulgue y publique la ley”, explicó Valdivieso.
La jurista independiente y constitucionalista Kathya Saucedo coincidió con Valdivieso en la legalidad de las normas aprobadas en la sesión del pasado 6 de junio.
Saucedo se refirió a la competencia constitucional de Rodríguez de convocar a la ALP en ausencia del presidente nato David Choquehuanca; “por sucesión constitucional contemplada en la CPE”.
Promulgación
Valdivieso explicó que el Ejecutivo tiene 10 días para la promulgación de las leyes; caso contrario, debe hacerlo Choquehuanca.
Alarcón ratificó a Valdivieso “el presidente Arce tiene 10 días hábiles, para promulgar la ley 075 u observarla. Si la observa tiene que mandar a la Asamblea sus observaciones y, si la mayoría absoluta de los asambleístas rechazamos las observaciones, esa ley tiene que ser promulgada de manera obligatoria por Choquehuanca”, señaló Alarcón.
Agregó que la CPE determina también que si la ALP considera fundadas las observaciones modificará la ley conforme a éstas y la devolverá al Órgano Ejecutivo para su promulgación, pero en el caso de que considere infundadas las observaciones, la ley será promulgada por Choquehuanca; las decisiones de la ALP se tomarán por mayoría absoluta de sus miembros presentes.
“La ley que no sea observada dentro del plazo correspondiente será promulgada por la presidenta o presidente del Estado. Las leyes no promulgadas por el Órgano Ejecutivo en los plazos previstos en los numerales anteriores serán promulgadas por la presidenta o el presidente de la Asamblea”, acota la Carta Magna.
Para Alarcón, la sesión del 6 de junio es una “victoria” que da su lugar a la institucionalidad de la ALP y que permitió avanzar en una agenda que estaba inconclusa.
Sesión
Sobre los cuestionamientos a la sesión, Valdivieso explicó que lo que hizo el Legislativo al sesionar fue cumplir con una de las funciones encomendadas al Órgano Legislativo por la CPE. “La CPE señala que la principal función de la Asamblea es legislar, es decir, crear leyes y normas que el Estado necesita”.
Errores en el fallo
Sobre el recurso directo de nulidad presentado por el diputado evista Juan José Jauregui con el propósito de frenar la polémica sesión, Valdivieso señaló que no corresponde “porque esta acción está configurada procesalmente para evitar la usurpación de funciones que no emanen de la ley, pero en este caso la ALP tiene la potestad de crear leyes y, por lo tanto, no puede ser denunciada por usurpación de funciones”.
“Entiendo que este recurso de nulidad está mal planteado porque trata de dejar sin efecto la Asamblea que ha convocado Andrónico Rodríguez por defectos formales”, puntualizó Valdivieso.
Además, hubo un error de notificación. El mismo Rodríguez explicó que la notificación llegó a su nombre citándolo como presidente del Senado, cuando esa función la cumple por el momento la senadora de la opositora CC Daly Santa María. “Se equivocan, señores, yo no sé en qué mundo están; yo estoy como presidente en ejercicio de la Asamblea. Quien está como presidenta en ejercicio (es) la senadora Daly”, sostuvo.
Por lo tanto, la notificación fue devuelta de manera inmediata sin siquiera abrir el sobre porque no llevaba su nombre.
Rodríguez envió al Ejecutivo el paquete normativo aprobado en la polémica sesión del jueves y espera su promulgación
Rechazo
En tanto, la presidenta en ejercicio de la Cámara de Diputados, Verónica Challco, del bloque arcista del oficialismo, señaló que lo que se aprobó en la plenaria “no es válido; es ilegal e inconstitucional”.