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Medio: El Deber
Fecha de la publicación: martes 28 de mayo de 2024
Categoría: Órganos del poder público
Subcategoría: Órgano Judicial
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La acción de cumplimiento que presentaron los senadores
suplentes Lucy Escobar y William Torrez contra el vicepresidente, David
Choquehuanca, para que convoque a sesión de Asamblea y trate los
proyectos de Ley 073 y 075 rebotaron en el Tribunal Departamental de
Cochabamba y retornaron a La Paz.
“Remito al presidente del Tribunal
Departamental de Justicia de la Paz para que proceda al sorteo correspondiente
a la Sala Constitucional de turno del departamento de La Paz el expediente de
la acción de cumplimiento planteada por Lucy Sara Escobar Velasco y William
Torres Tordoya contra David Choquehuanca Céspedes presidente de la Asamblea
Legislativa Plurinacional en declinatoria de competencia”, señala el escueto texto, que firmó el vocal
David Clavijo Zurita, ante quien estaba la causa.
El lunes, los senadores Escobar y Torrez
presentaron su demanda, en un intento por obligar al vicepresidente a
convocar a sesión de Asamblea. Los senadores, luego de presentar su demanda, iniciaron de
inmediato una huelga de hambre y una vigilia en puertas de la Sala Constitucional
1 de Cochabamba a cargo de Clavijo Zurita.
Sin embargo, a las pocas horas de haberse
declarado la medida, el vocal decidió reenviar el expediente a La Paz,
aduciendo que la Asamblea tiene sede en La Paz y que el demandado tiene como
asiento de funciones la misma ciudad; por tanto optó por rebotar el trámite.
Los senadores Escobar y Torrez habían presentado su demanda
ante el Tribunal Departamental de La Paz, sin embargo la causa fue sorteada a la Sala
Constitucional Primera, cuyo vocal es el controvertido Israel Campero; los
demandantes retiraron su memorial y fueron a Cochabamba con el mismo objetivo,
pero ese tribunal los devolvió a La Paz.
La Asamblea
tiene pendiente la consideración de los proyectos de Ley 073 y 075, porque el tiempo de tratamiento en cámaras separadas ya venció,
entonces la propia Constitución Política del Estado en el inciso 7 del artículo
163 prevé que si la cámara revisora no trata un proyecto debe ser convocada la
Asamblea, es decir una sesión conjunta de senadores y diputados, y dilucidar el
destino de la ley.
En este caso el proyecto de Ley 073 declara la pausa en los procesos legales que se ventilan ante
el Tribunal Constitucional Plurinacional, hasta la nominación de nuevas
autoridades en ese alto tribunal; mientras que el proyecto de ley 075 deja cesantes a las actuales autoridades y
deriva todo en manos de las salas departamentales y los administradores del
TCP, hasta la elección de nuevas autoridades.



