Medio: La Razón
Fecha de la publicación: miércoles 29 de noviembre de 2017
Categoría: Debate sobre las democracias
Subcategoría: Repostulación presidencial / 21F
Dirección Web: Visitar Sitio Web
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La tarde del martes, el pleno del TCP ofreció una conferencia de prensa para informar que dio curso al recurso planteada por el Movimiento Al Socialismo (MAS) para habilitar la repostulación indefinida delm Presidente y del Vicepresidente y de otras autoridades electas por voto directo, bajo el argumento de que los límites a la repostulación afectan el derecho humano de elegir y ser elegido reconocido en el Pacto de San José.
“Una gran sorpresa para el pueblo antiimperialista, un fallo que nos permite ahora obtener el voto para una nueva gestion...Eso garantiza una continuidad democrática, pero también garantiza la estabilidad, garantiza la dignidad y el trabajo por la igualdad con nuestra identidad del pueblo boliviano”, expresó en una breve conferencia en Palacio de Gobierno que no estuvo abierta a preguntas.
También se refirió al fallo en un mensaje publicado en su cuenta en Twitter, en el que asegura que los movimientos sociales dieron origen a esta demanda.
Morales recordó en la conferencia de prensa que un congreso del oficialismo y los movimientos sociales, en diciembre de 2016, acordó cuatro opciones para habilitarlo y que una se activó con el resultado que ayer definió el TCP.
El 21 de febrero de 2016, un referéndum nacional rechazó la repostulación y es este es uno de los principales argumentos con los que la oposición rechaza la decisión del TCP.
A diferencia del festejo del oficialismo, los opositores cuestionaron el fallo y llamaron a votar nulo en las elecciones judiciales de este domingo como una muestra de rechazo a la habilitación del mandatario, quien ganó las elecciones de 2005 y asumió la presidencia de Bolivia en 2006 con más del 50% del respaldo ciudadano.
Poco después acortó su mandato para adecuar la gestión a la nueva Constitución Política del Estado. Ganó las justas de 2019 y las de 2014 con más del 50% de los votos, por lo que, según lo que establecía la Carta Magna, hasta antes del fallo constitucional, ya no podía terciar en nuevas elecciones. (29/11/2017)