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Medio: El País
Fecha de la publicación: sábado 18 de agosto de 2018
Categoría: Debate sobre las democracias
Subcategoría: Repostulación presidencial / 21F
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Barón formó parte de todo el grupo de asambleístas que acudieron al Tribunal Constitucional con una acción de inconstitucionalidad abstracta para habilitar al presidente Morales como candidato en las elecciones de 2019.
El legislador dijo que artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos establece que los derechos políticos a ser elector o ser elegible es un “derecho humano político”, por lo tanto, las autoridades electas tienen derecho a repostularse a sus cargos. “No pueden haber restricciones ni para la ciudadanía que tiene derecho de contar con todas las opciones electorales y tampoco se puede restringir a las autoridades electas a que vuelvan a presentar (como candidatos)”, declaró el legislador.
Aunque la OEA a través del Secretario General en la línea de la Comisión de Venecia sostuvo que la reelección indefinida no puede ser concebida como un derecho humano.
Asambleístas del MAS presentaron el 19 de septiembre al TCP una acción abstracta de inconstitucionalidad contra cinco artículos de la Ley Régimen Electoral (026) y la inaplicabilidad de cuatro artículos de la Constitución Política del Estado (CPE). El objetivo era restituir derechos ciudadanos y políticos. Al prosperar dicho recurso, el Presidente, Vicepresidente, Gobernadores, Alcaldes, concejales y Asambleístas pueden presentarse a las próximas elecciones de 2019 y de 2020.
El TCP avaló los argumentos del partido gobernante y declaró la inconstitucionalidad de varios artículos vinculados a la prohibición para la repostulación y reelección de autoridades electas.
Negó que su designación se hubiera debido a un premio por haber presentado esta acción abstracta de inconstitucionalidad.