Un amparo favorable a la aplicación del derecho constitucional de acceso a la información pública fue obtenido por las gestiones del abogado Henry Álvaro Pinto. Con este fallo se demuestra que la información generada en entidades públicas tiene carácter público y no es de carácter reservado, explicó a la Unidad de Monitoreo de la Asociación Nacional de la Prensa (ANP).
Pinto es un abogado y docente de la universidad pública de la ciudad de Cochabamba que recibió dos rechazos de la estatal Universidad Mayor de San Simón (UMSS), a un pedido para conocer resoluciones del Consejo Universitario. El Rectorado de la esa casa superior de estudios rechazó la petición bajo el argumento del carácter reservado de los citados documentos.
El pasado 2 de mayo de 2023, la Sala Cuarta Especializada del Tribunal Constitucional y el magistrado relator, René Yván Espada Navia, emitieron un fallo (0203/2023-S4), en fase de revisión, que respalda la resolución de la Sala Constitucional del Tribunal de Justicia de Cochabamba, y concedió la validez del derecho reclamado por el abogado Pinto.