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Medio: Los Tiempos
Fecha de la publicación: martes 30 de enero de 2024
Categoría: Conflictos sociales
Subcategoría: Marchas, bloqueos, paros y otros
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El anteproyecto de ley de regulación de la protesta social, que fue presentado ayer por la Federación de Entidades Empresariales de Cochabamba (FEPC) a la Brigada Parlamentaria Cochabambina para su tratamiento en la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP), plantea sanciones para personas naturales y jurídicas que van desde multas pecuniarias hasta la confiscación de bienes, según la gravedad de las infracciones cometidas por los manifestantes.
El presidente de FEPC, Luis Laredo, explicó que el objetivo de la propuesta es regular el ejercicio del derecho a la protesta social, estableciendo los derechos y deberes de los manifestantes, los derechos del resto de la población, así como las responsabilidades de las autoridades competentes, en el marco del respeto a la Constitución Política del Estado, las leyes vigentes y los tratados internacionales de derechos humanos suscritos por el Estado Plurinacional de Bolivia.
Cochabamba cumplió ocho días de bloqueo que la mantienen incomunicada con el oriente y occidente del país y hay pérdidas millonarias.
El presidente de FEPC, Luis Laredo, explicó que el objetivo de la propuesta es regular el ejercicio del derecho del Estado, las leyes vigentes y los tratados internacionales de derechos humanos suscritos por el Estado.
La elaboración del proyecto de ley demandó dos meses, tiempo en el cual se hicieron las consultas e intercambio de criterios con los principales sectores económicos y empresariales representados por la FEPC, además de instituciones de la sociedad civil organizada, cámaras empresariales, concejales municipales y asambleístas departamentales de diferentes regiones del país, dijo Laredo.
Alcances de la propuesta
La iniciativa se aplica a las personas naturales, jurídicas, nacionales y extranjeras, organizaciones sociales, sindicales, gremiales y otras de hecho y de derecho constituidas dentro del territorio nacional.
En el caso de personas naturales, cuando se trata de infracciones leves, la sanción es una amonestación escrita o multa de hasta el 10 por ciento del salario mínimo nacional vigente. Si la infracción fuese muy grave, la multa es de hasta el 100 por ciento del salario mínimo nacional vigente y cancelación de derechos civiles por hasta dos años.
Mientras que, para las personas jurídicas, el anteproyecto de ley establece desde el pago de un monto de dinero deducible del patrimonio neto declarado en la última gestión anterior a la comisión del hecho, equivalente al (3 por ciento) del patrimonio neto declarado, hasta el decomiso de recursos y bienes; así como también la pérdida de la personería jurídica y reparación del daño ocasionado.
El abogado y politólogo Walter Pol considera que la propuesta del empresariado privado de Cochabamba no soluciona el problema de los constantes bloqueos que se realizan en el país y considera que el diálogo es la mejor salida para solucionar los conflictos en el país.
“Es una iniciativa más, pero desde mi punto de vista yo creo que (la solución) debe ser a través del diálogo, no de normas draconianas que generen más conflictos. Difícilmente la gente lo va a aceptar. No solucionaría este conflicto; es un problema político”, dijo.
El objetivo de la ley es el de garantizar el ejercicio pacífico del derecho a la protesta.