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Medio: El Mundo
Fecha de la publicación: miércoles 10 de enero de 2024
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
Dirección Web: Visitar Sitio Web
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El pasado jueves, el vocal del TSE, Tahuichi Tahuichi, manifestó que el MAS, pese a no tener registrado el incumplimiento a ninguna resolución emitida por el Órgano Electoral, podrá perder su personería si desacata a tres determinaciones, vengan estas de la máxima instancia electoral, o bien, de los Tribunales Electorales Departamentales correspondientes.
“El MAS IPSP a la fecha no tiene acumulado ningún incumplimiento a una resolución del OEP (…), la ley 1096 señala que cualquier partido u organización que incumpla tres resoluciones del TSE o del TED correspondiente, pierden su personería jurídica”, señaló la autoridad electoral.
En ese contexto, el artículo 58 de la Ley 1096 de Organizaciones Políticas, en el inciso e del numeral 1, señala que las organizaciones políticas pueden perder su personería en el caso del “tercer incumplimiento a resoluciones” del ente electoral, o bien, a tres resoluciones ejecutoriadas de los TED.



