Medio: El Deber
Fecha de la publicación: martes 02 de enero de 2024
Categoría: Representación Política
Dirección Web: Visitar Sitio Web
Lead
Contenido
Se conoció que el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) determinó en las ultimas horas que la reelección presidencial indefinida no va más en Bolivia en aplicación de la Opinión Consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que en 2019 estableció que la reelección presidencial no es un derecho humano.
De esta forma, los actuales magistrados, dejaron sin efecto la sentencia constitucional 084/2017 firmada por sus colegas Macario Lahor Cortez, Oswaldo Valencia, Zenón Bacarreza, Mirtha Camacho, Ruddy Flores y Neldy Andrade, magistrados de la gestión 2011-2017.
La sala cuarta del Tribunal Constitucional Plurinacional, constituida por Iván Espada y Gonzalo Hurtado, ha decidido que la reelección indefinida no es un derecho humano y que el presidente y vicepresidente no pueden ejercer un mandato más de dos veces de forma continua o discontinua, al igual que los senadores y diputados no pueden ejercer el mandato más de dos veces, así como tampoco las autoridades judiciales. Esto en la sentencia 1010/2023.
Antecedentes
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) declaró en agosto de 2021, en el fallo de la Opinión Consultiva OC-28/21, que la reelección presidencial indefinida no es un derecho que esté protegido por la Convención Americana. Además, precisó que esta figura afecta a la democracia representativa. En respuesta, el expresidente Evo Morales pidió cerrar la OEA.
El dictamen se conoció 40 días después de haberse celebrado el 142 periodo ordinario de sesiones de este tribunal, cuyas determinaciones son vinculantes. La consulta fue presentada por el gobierno de Colombia el 21 de octubre de 2019, un día después de que el entonces presidente Evo Morales se presentara como candidato por cuarta vez consecutiva, a pesar de que la Constitución contempla la reelección por un solo mandato consecutivo.
Además, el líder del MAS desconoció el referéndum del 21 de febrero de 2016, cuando la mayoría votó por el No a la repostulación. En noviembre de 2017 fue habilitado por el Tribunal Constitucional por considerar que se violentaba su derecho humano.