Medio: Los Tiempos
Fecha de la publicación: martes 02 de enero de 2024
Categoría: Representación Política
Subcategoría: Revocatoria de mandato
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Pérdida de tiempo, impracticable, difícil camino y burocracia entre otros, son los calificativos que utilizan políticos y analistas respecto a los procesos revocatorios que se impulsan contra algunas autoridades municipales.
Las fuentes concluyen que son más las trabas que se ponen para destituir a las autoridades que para facilitar el cambio de alcaldes cuestionados.
A través de la Constitución Política del Estado (CPE) se determinó impulsar el ejercicio de la democracia directa con la posibilidad de que la ciudadanía pueda revocar el mandato de autoridades que no hayan cumplido sus responsabilidades ni sus promesas electorales.
Revocatorios en curso.
De acuerdo con informes de los vocales del Tribunal Supremo Electoral (TSE) se tienen por lo menos 50 solicitudes de revocatoria de mandato de autoridades subnacionales, entre los que se pueden destacar la de la alcaldesa Eva Copa, de El Alto, Jhonny Fernández, de Santa Cruz de la Sierra, Christian Cámara de Trinidad, Jhonny Lalli de Potosí, Adhemar Wilcarani Morales, de Oruro, y recientemente de Manfred Reyes Villa de Cercado Cochabamba.
En el caso de Reyes Villa, promovida por Giorgio Terrazas, comerciante, corre un plazo de 90 días para recolectar más de 150 mil firmas con el respaldo de las huellas dactilares de los posibles adherentes.
Reyes Villa fue electo por la agrupación SÚMATE con el 55,63 por ciento de votos, para revocar su mandato, de llegarse a esta etapa, deberá obtenerse un mayor porcentaje.
En el caso de la alcaldesa Copa, se tienen que recolectar más de 210 mil firmas con las respectivas huellas dactilares.
En 2021, se hizo del municipio alteño con el 66,8 por ciento.
Para revocar a Fernández en Santa Cruz de la Sierra se requiere recolectar algo más de 325 mil firmas.
La actual autoridad ganó con el 35,41 por ciento con una diferencia de 6.277 votos sobre su inmediato seguidor Gary Áñez que logró captar el 34,72 por ciento.
Dudas
Los políticos aseguran que más son los obstáculos que se tienen para llevar el proceso revocatorio, lo que los hace inviable.
“Es una de las grandes mentiras que tiene la Constitución Política del Estado aprobado por el masismo. Los procesos revocatorios son una pérdida de tiempo tomando en cuenta los requisitos que se necesitan. Otro freno es la burocracia con la que se tiene que lidiar”, aseguró el diputado por Comunidad Ciudadana (CC), Marcelo Pedrazas.
Agregó que está es la oportunidad en que se los presenta, porque si se habla de un revocatorio, a dos años y medio de la gestión “hasta que haces todos los trámites, hasta que encuentres las firmas, ya ha transcurrido más de medio año y estas bordeando ya al cuarto año, dijo.
“Son mecanismos fallidos que están en la Constitución, que no son nada efectivos”, sostuvo.
Acciones
De acuerdo con la normativa respectiva, los pasos para pedir el revocatoria van desde la “solicitud a la autoridad electoral correspondiente” hasta la convocatoria a referéndum revocatorio’.
Se establece que para buscar referendos de revocatoria de mandato se tiene que conseguir la adhesión del 25% de padrón respectivo para autoridades nacionales y departamentales, y 30% para municipales en un plazo no mayor a 90 días.
Pasado el plazo, el solicitante debe entregar al Órgano Electoral los libros para que revisen la veracidad de las firmas y si pasa este filtro la Asamblea legislativa debe aprobar una ley de convocatoria a referendo de revocatorio.
Difícil camino
La politóloga Patricia Velasco Burgos dijo que al leer los requisitos pareciera sencillo el camino del revocatorio, este proceso se “constituye en un episodio de trampas, obstáculos, para evitar que se consolide un revocatorio”.
Explicó que para llevar adelante el proceso revocatorio se contempla desde la compra de libros, la contratación de Notario de Fe Pública, la instalación de puestos para la recolección de firmas, la movilización de gente que realizará esta labor, hasta la campaña, para lo que se requiere grandes sumas de dinero.
“Está diseñado como para que no se lleve adelante un revocatorio a no ser que intervenga una fuerza política que tiene recursos, estructura, pero una iniciativa ciudadana es casi imposible”, dijo Velasco.
El economista y exdirigente de la Central Obrera Boliviana (COB), Lucio Gonzáles Alanes, refiere que la iniciativa de referendo es buena, pero que lamentablemente se han puesto una serie de candados para que no prospere una solicitud de revocatorio.
“Tienen candados difíciles de cumplir. Si bien es cierto que cualquier ciudadano u organización puede hacer el trámite, pero tiene que superar porcentajes que son casi imposibles de lograr, por tanto, no tiene ninguna posibilidad de cristalizarse, porque demanda tiempo y dinero”, sostuvo, al manifestar que podría lograrse tal vez en municipios de provincias que no requieren mucha votación o adhesión.
El revocatorio se puede activar en una sola ocasión durante el periodo constitucional de la autoridad observada.
iniciativas populares de revocatorio se presentaron para los periodos de 2013 y 2018. En 2018, solo una llegó a las urnas en Bolpebra, pero no tuvo validez.
LEYES
Normativa sobre el revocatorio
El artículo 240 de la Constitución Política del Estado (CPE) explica e indica que toda autoridad electa puede ser revocada con la excepción del Órgano Judicial. Además, que la revocatoria se puede solicitar cuando la persona elegida haya cumplido al menos la mitad del periodo de mandato, y no se puede hacer esta petición durante el último año que está a cargo.
Para que la autoridad sea revocada de sus funciones, debe haber dos factores fundamentales en el referéndum: que gane los votos por el SÍ y que tanto el número y porcentaje de votos válidos a favor del revocatoria sea superior al número y porcentaje de votos que recibió la autoridad cuando fue elegida