Medio: Asuntos Centrales
Fecha de la publicación: jueves 14 de diciembre de 2023
Categoría: Autonomías
Subcategoría: Departamental
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La asambleísta departamental por Creemos, Paola Aguirre, aseguró que el proyecto de ley de organización del Poder Ejecutivo departamental nunca tuvo la intención de reducir las competencias del Vicegobernador y que los asambleístas del MAS rechazan los cambios en la normativa porque tienen la intención de tomar el poder en la Gobernación.
Aguirre resaltó que el Vicegobernador presentó un reclamo sobre el proyecto de Ley de Organización del Ejecutivo Departamental justo antes del inicio de la sesión de la Asamblea.
“El proyecto de ley no tenía ninguna intención de cercenarle competencias al Vicegobernador”, aseguró Aguirre en diálogo con Asuntos Centrales.
“Claramente, los asambleístas del MAS presentaron el reclamo del vicegobernador Mario Aguilera”, indicó.
Por ello, “en el pleno de la Asamblea desafiamos a los asambleístas del MAS a que digan qué funciones se le estaría quitando al Vicegobernador”, indicó.
“El proyecto de ley no le quita representación a Mario Aguilera, y le da suplencia que es la que corresponda por ley”, manifestó.
“El trasfondo de esta situación es el afán que tiene la bancada del MAS de tomar el poder político en la Gobernación, forzando una sucesión que en los hechos no es legal”, alertó.
“Es necesario que el Vicegobernador se defina sobre el trabajo coordinado que debe tener en la Gobernación”, señaló Aguirre.
El proyecto obtuvo 13 votos en contra (12 del MAS, 1 de Demócratas y 1 de Comunidad Ciudadana), 11 a favor (Creemos) y 4 abstenciones (indígenas).
Según el artículo 12 de la actual Ley de Organización del Ejecutivo Departamental el Vicegobernador tendrá las funciones de “asumir la representación del Gobierno Autónomo Departamental de Santa Cruz en ausencia del Gobernador o la Gobernadora”. En cambio, el proyecto de ley que se puso a consideración ayer en la Asamblea señala en su artículo 11 que el Vicegobernador debe “asumir la suplencia gubernamental o sustitución definitiva del Gobernador o la Gobernadora, por las causales de ausencia temporal e impedimento definitivo previstas en la Ley Departamental 293, de marzo de 2023, conforme al procedimiento previsto en dicha norma”.