Medio: Correo del Sur
Fecha de la publicación: sábado 11 de agosto de 2018
Categoría: Debate sobre las democracias
Subcategoría: Democracia comunitaria
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La Comisión informó que "teniendo en cuenta la información remitida a la CIDH por ambas partes, el expediente correspondiente a la presente solicitud de medidas cautelares fue oportunamente cerrado".
De acuerdo con un comunicado de la Procuraduría, la conclusión es "a favor del Estado boliviano". El procedimiento de medidas cautelares fue solicitado en diciembre de 2016 por el Centro de Documentación e Información Bolivia (CEDIB), el Centro de Estudios Jurídicos e Investigación Social (CEJIS) y la Central de Comunidades Indígenas Tacana II Río Grande de Dios (CITRMD), y notificada al Estado boliviano en enero de 2017.
La solicitud de medidas cautelares se la presentó por una "situación de riesgo y daño irreparable" a un pueblo no contactado del norte amazónico de La Paz.
En esa medida, las entidades de la sociedad civil pedían a la CIDH ordenar a Yacimientos Petrolíferos Fiscales de Bolivia (YPFB) paralizar sus actividades de prospección sísmica en la zona de la Cuenca Madre de Dios (Área Nueva Esperanza) y prohibir el ingreso de personas ajenas a dicha zona, así como constituir una comisión de expertos nacionales e internacionales que actúa como garante de la implementación de las medidas cautelares.
Según la Procuraduría, se demostró que las acciones de YPFB, "en todo momento, se enmarcaron en la Constitución y la ley". Además, remarcó que se llevó adelante "un proceso de consulta previa, libre e informada, con la participación de la comunidad Tacana II", incluyendo "la elaboración de una evaluación de impacto ambiental y la utilización de Monitores Socio Ambientales Indígenas que provenían de dichas comunidades".