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Medio: El Diario
Fecha de la publicación: domingo 10 de junio de 2018
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
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El vocal del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Idelfonso Mamani, realizó estas precisiones y agregó que la entidad en 2017 emitió un “reglamento para el trámite de recepción de renuncias y denuncias por acoso y violencia de mujeres candidatas, electas o en función político pública”.
“El reglamento tiene la finalidad de garantizar que las renuncias sobre cargos electivos de autoridad selectas principalmente mujeres cumplan el procedimiento con la presentación personal de la autoridad ante Secretaria de Cámara, previo haber presentado al Concejo de su municipio”, señaló.
Se le consultó cuál es el trabajo del Órgano Electoral en cuanto al artículo 10 de la Ley 243 sobre Acoso y Violencia Política que a la letra dice: “El OEP es el responsable de definir políticas y estrategias interculturales de educación democrática con equidad de género que garanticen el ejercicio de los derechos políticos de las personas, en particular de las mujeres y la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres”.
Sobre el punto, Mamani dijo que el OEP está trabajando con el reglamento mencionado.
Sin embargo, aclaró que el OEP no interviene, no concilia pero si puede trabajar en una política de prevención que se inicia con el reglamento de trámite de procedimiento de renuncia o denuncias por acoso y violencia política, más aclaró que el acoso y violencia política es un delito de orden público.



