
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró admisibles los recursos de casación de la expresidenta Jeanine Áñez y del exjefe del Estado Mayor de las Fuerzas Armadas (FFAA) con lo que se abre a revisar la sentencia de 10 años que recibió la exmandataria como también las renuncias y salida de Evo Morales y Álvaro García Linera durante la crisis de noviembre de 2019. Actualmente, Áñez se encuentra con detención en la cárcel de Miraflores y mientras se tramite este recurso su sentencia aún no está ejecutoriada.
En menos de una semana, dos fallos judiciales salieron a favor de Áñez. El 31 de octubre, tres jueces técnicos de El Alto se declararon “incompetentes” para procesar y juzgar por la vía ordinaria a la expresidenta y ayer se conoció la decisión de los magistrados que conforman la Sala Penal del TSJ, que admitió las quejas de Áñez y abre la posibilidad de que sea juzgada en Sucre, en un Juicio de Responsabilidades.
El 10 de junio de 2022, el Tribunal Primero de Sentencia Anticorrupción de La Paz, luego de más de siete horas de deliberación, sentenció a Jeanine Áñez a 10 años de cárcel y a otros seis excolaboradores de su gobierno también con la misma pena, por la comisión de los delitos de resoluciones contrarias a la Constitución e incumplimiento de deberes en el caso “Golpe II”.
Además de Áñez, entre los condenados a prisión están William Carlos Kaliman Romero, Vladimir Yuri Calderón Mariscal. Mientras que los demás exjefes militares recibieron cuatro años: Jorge Elmer Fernández Toranzo y Sergio Claros Orellana Centellas. Jorge Pastor Mendieta Ferrufino y Flavio Gustavo Arce San Martín a penas de dos años de prisión.
AUTO DE ADMISIÓN
La Sala Penal del TSJ, a través del Auto Supremo 16/2023R-RA de 31 de octubre de este año, resolvió admitir los recursos de casación, en cuanto a algunos puntos de la expresidenta Jeanine Áñez y de Flavio Gustavo Arce San Martín y rechazó los recursos del resto de los acusados y acusadores.
En el punto tercero del Auto Supremo la Sala Penal declara: “Admisibles los recursos de casación presentados por Flavio Gustavo Arce San Martín, únicamente en relación a sus motivos primero, segundo y cuarto; así como el propuesto por Jeanine Áñez Chávez, solamente en relación a sus motivos primero y tercero”, señala la resolución de los magistrados Olvis Egûez y Edwin Aguayo.
Arce San Martín denunció contradicciones en la aplicación de las normas por eso la Sala Penal admitió el recurso.
COMUNICADO
La Sala Penal del TSJ, entre sus argumentos jurídicos, señala que se debe analizar “el valor de vinculante o no del ‘comunicado’, emitido por el Tribunal Constitucional Plurinacional”.
Ese comunicado del TCP, se conoció minutos antes de que Jeanine Añez asumiera la presidencia. Ese documento fue interpretado como si el TCP diera su respaldo legal a la sucesión constitucional en el marco de la Sentencia Constitucional 0003/01 del 31 de julio de 2001, que se sustenta en la “vacancia” del presidente.



