Medio: La Razón
Fecha de la publicación: miércoles 08 de agosto de 2018
Categoría: Debate sobre las democracias
Subcategoría: Democracia directa y participativa
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La configuración actual se asienta en 9 departamentos, 112 provincias y 339 municipios (la condición de autonomía indígena de unos pocos no los exime de su condición territorialmente municipal). Esta configuración, que se reproduce desde la creación de los primeros departamentos, el 23 de enero de 1826, hasta los más recientes municipios, es carente de elementales criterios de planificación y de coherencia funcional.
Bolivia, con 1,1 millones de kilómetros cuadrados, se ubica entre los primeros 30 países territorialmente más grandes de los 247 que hay en el mundo. En oposición, se encuentra en el puesto 83 en población y en el 221 en densidad demográfica por kilómetro cuadrado (datos de United Nations, Department of Economic and Social Affairs). Espacial y poblacionalmente se registran enormes diferencias entre departamentos (por ejemplo, entre Santa Cruz y Tarija). Esta asimetría también se reproduce entre provincias y municipios.
Se propone el reemplazo de los actuales nueve departamentos por cinco macrorregiones con capacidad gubernativa e institucionalidad democrática. Los actuales departamentos, en tanto entidades de organización territorial, no han cumplido una función efectiva. Las macrorregiones otorgarían armonía socioespacial a regiones históricamente comunes como la del Chaco, del Norte Tropical, entre otras.
Un elemento retrógrado de la configuración actual es la invisibilidad estatal de las metrópolis; más de la mitad de los bolivianos vive en alguna de las tres grandes manchas urbanas de La Paz, Santa Cruz y Cochabamba. En esas regiones se genera más de 80% del Producto Interno Bruto (excluyendo gas, petróleo y minería). Empero, enfrentan conflictos intrametropolitanos comunes como calidad ambiental, abastecimiento de agua, inseguridad ciudadana, transporte y vialidad, desorden en la administración territorial, entre otros; los cuales no son visibilizados por el Estado. Al no tener condición estatal, carecen de gobiernos propios; por lo tanto, urge la constitución de gobiernos autónomos metropolitanos con una institucionalidad similar a la municipal.
El siguiente nivel de esta reingeniería es el de la emergencia estatal de nivel provincial. Si bien el proceso de municipalización originado en la Ley de Participación Popular de 1994 es una extraordinaria descentralización, profundamente democratizadora, hoy es institucionalmente débil, por lo que corresponde pasar de la municipalización a la provincialización. Los municipios expresan extremos desequilibrios, tanto poblacionales como de dimensión espacial. Por ejemplo, el municipio de Charagua con menos de 3.000 habitantes ocupa más del 6% del territorio nacional (en superficie es casi el doble de los Países Bajos, que tienen más de 17 millones de habitantes); mientras que otros municipios no abarcan más que su mancha urbana. Poblacionalmente van de los de más de 1,4 millones de habitantes hasta los que no llegan a 1.000 habitantes. Alrededor de 255 tienen poblaciones menores a 20.000 habitantes.
La constatación de que la fuente principal de los recursos municipales desde 1994 sigue siendo la transferencia del nivel central por coparticipación tributaria (establecida por criterio poblacional) demuestra la inviabilidad de éstos para la generación de políticas municipales que los fortalezca con ingresos propios. Contar con unas 90 provincias, con poblaciones no menores a 20.000 habitantes, permitiría la constitución de gobiernos provinciales con capacidades reales de gestión estatal, en reemplazo de 339 municipios, de los cuales más de 75% es inviable como entidad territorial autónoma (E.T.A.); sería un substancial avance.
Los gobiernos provinciales tendrían las mismas características democráticas de los niveles metropolitano y municipal. La provincialización deberá tener un mandato inmediato y urgente: la generación de planes de ordenamiento territorial provincial y normas de uso de suelo y patrones de asentamiento con proyecciones a corto, mediano y largo plazo, instrumentos que establezcan un ordenado y planificado proceso de expansión urbana, superando así un conflicto, ante todo en ciudades grandes e intermedias, comúnmente agudizado por la ausencia de normativa y por el consabido conflicto de límites intermunicipales.
A esta reingeniería deberá incorporarse un instrumental normativo específico para provincias de 20.000 a 100.000 habitantes; otro para provincias de más de 100.000 habitantes; y uno tercero para metrópolis.
Es evidente que una reingeniería de esta dimensión requiere de momentos de disponibilidad política y social, además de condiciones económicas adecuadas.
Los dos momentos de disponibilidad para una transformación estructural probablemente hayan sido los primeros años de la Revolución de 1952 y el primer año del gobierno de Evo Morales Ayma. Empero, como cuando se implementó la Ley de Participación Popular, hay momentos en los que la urgencia es mayor a las condiciones de disponibilidad.