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Medio: Los Tiempos
Fecha de la publicación: jueves 03 de agosto de 2023
Categoría: Órganos del poder público
Subcategoría: Tribunal Constitucional Plurinacional
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La última sentencia del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) suscita inevitables interrogaciones acerca de su desempeño.
Eso, más allá de los positivos efectos que podría tener para las elecciones judiciales de este año la sentencia del TCP que declara inconstitucionales todas las disposiciones emitidas por la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) referidas a la realización de esos comicios en los que se elegirá a los altos magistrados de los tribunales Supremo de Justicia, Constitucional Plurinacional, y Agroambiental, además de las máximas autoridades del Consejo de la Magistratura.
En efecto, la decisión del TCP, emitida el pasado lunes 31 de julio obliga a la ALP a iniciar de cero todo el procedimiento que le corresponde realizar para viabilizar las elecciones judiciales.
Ese trámite comenzó la primera semana de marzo y, el 27 de ese mes, la ALP aprobó el reglamento y convocatoria para la preselección de postulantes para participar de las elecciones que deben realizarse el 3 de diciembre de este año.
Tres semanas después, tuvo su primer tropiezo judicial con la anulación —determinada por una sala constitucional de Beni— de la normativa de para la preselección de candidatos judiciales.
El 20 de abril, la ALP aprobaba una nueva convocatoria y un nuevo reglamento, y una semana más tarde, el 27 de ese mes, el TCP congelaba todo el proceso como efecto de la admisión de un recurso de inconstitucionalidad presentado por un diputado opositor.
Previendo que el TCP demoraría en emitir el fallo correspondiente, lo que perjudicaría al cumplimiento de plazos, el Órgano Ejecutivo presentó un proyecto de ley para modificarlos que la ALP aprobó y el presidente promulgó el 5 de junio. El Tribunal Supremo Electoral modificó su cronograma para las elecciones en función de los nuevos plazos.
Mientras, el TCP continuaba preparando la sentencia que emitiría tres meses y cuatro días después de haber paralizado el proceso para los comicios de diciembre.
Al anular por inconstitucionales la convocatoria, el reglamento de preselección de candidatos a magistrados y la denominada ley corta para garantizar los comicios, el TCP obliga a la mayoría oficialista, del MAS, en el Parlamento a consensuar con la oposición la normativa necesaria para los comicios judiciales.
Eso, en términos de ejercicio democrático, significa que el MAS no podrá, como lo hizo hasta ahora, imponer su mayoría simple, pues el fallo del TCP obliga a la ALP a aplicar la mayoría calificada —dos tercios de los votos— para aprobar esas normas.
La pregunta inevitable es: ¿por qué tuvo que demorar el TCP más de tres meses para emitir un fallo imprescindible y prioritario para la realización de esos comicios?