Medio: La Estrella del Oriente
Fecha de la publicación: viernes 14 de julio de 2023
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
Dirección Web: Visitar Sitio Web
Lead
Contenido
El presidente del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Oscar Hassenteufel, recordó que este plazo de 90 días está determinado en el artículo 94 de la Ley 026 y que debe ser considerado en la actual coyuntura.
“Quizás nuestro trabajo debe ser pensando en ese plazo de 90 días, que es el plazo que fijaba la Ley 026 de manera permanente”, explicó en el Taller Nacional de Situación de la Planificación, Organización y Realización de la Elección de Altas Autoridades del Órgano Judicial y Tribunal Constitucional Plurinacional 2023 que se realiza en Santa Cruz.
El parágrafo primero del artículo 94 de la Ley 026 señala que para “la elección de autoridades del Órgano Judicial y del Tribunal Constitucional Plurinacional, la convocatoria será emitida con una anticipación mínima de noventa (90) días”.
“La convocatoria deberá garantizar que la elección de nuevas autoridades y representantes se realice antes de la conclusión del mandato de las autoridades y representantes salientes”, apunta la norma.
El 27 de abril, el TCP admitió la acción de inconstitucional abstracta presentada por el diputado de Creemos, Leonardo Ayala, donde pide se apruebe por dos tercios una ley de convocatoria para el proceso de preselección de candidatos judiciales, como sucedió en 2017.
La primera decisión del control constitucional fue aplicar una medida cautelar que paralizó hasta conocerse una sentencia todo el proceso de preselección legislativa de los aspirantes al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), Tribunal Agroambiental (TA) y Consejo de la Magistratura (CM).
El oficialismo aprobó la Ley 1513, promulgada el 5 de junio, para evitar nuevas acciones de inconstitucionalidad. La norma prevé que el Legislativo en 60 días debe realizar el proceso de preselección y da al Tribunal Supremo Electoral 100 días para organizar y realizar las elecciones judiciales.
Efecto de la demora de la sentencia del TCP, al interior de la Comisión Mixta de Constitución sugirió la posibilidad de aprobar un nuevo reglamento y convocatoria, pero fue rechazada en votación con el argumento de que es necesario contar con la sentencia constitucional.
El 3 de julio, la presidenta de la Comisión Mixta de Constitución, la senadora del MAS Patricia Arce, reveló que el 31 de mayo el TCP sorteó la sala que resolverá la acción de inconstitucional abstracta.
Al respecto, la magistrada Karem Gallardo informó el 11 de julio que el TCP tiene hasta fines de julio para emitir su sentencia.
Para Hassenteufel, este es un compromiso asumido por el TCP y que se debe esperar la sentencia, pero en simultaneo realizar los trabajos para las elecciones.
“Yo quiero pedirles (al dirigirse a los vocales) que hagamos esto con la mayor responsabilidad y seriedad, aunque no sabemos realmente, y hay que decirlo, si vamos a llegar a tiempo, si vamos a poder hacer las elecciones, si van a haber elecciones, no lo podemos asegurar, pero nuestra obligación es trabajar y preparar todo partiendo del supuesto de que sí habrá elecciones”, sostuvo.