Medio: El Potosí
Fecha de la publicación: domingo 18 de junio de 2023
Categoría: Debate sobre las democracias
Subcategoría: Democracia representativa
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El expresidente Gonzalo Sánchez de Lozada reapareció después de 20 años, desde el exilio, con una nueva propuesta de Constitución Política del Estado (CPE) que prevé una “democracia representativa de carácter parlamentario con un presidente de poder limitado, pero de gran autoridad moral”, además de un Primer Ministro que se encargue del manejo operativo del Gobierno. En su proyecto, que circula hoy en varios periódicos del país, el Presidente tiene su sede de funciones en Sucre, como “capital de la República”; en cambio, el Primer Ministro trabaja desde La Paz, “ciudad sede del Gobierno”.
En 2003 fue la última vez que Sánchez de Lozada se pronunció públicamente y lo hizo en una conferencia de prensa, en medio de los conflictos de octubre de aquel año, con estas palabras: “(…) Las instituciones de la democracia son fuertes. La coalición de gobierno representa dos tercios de los votos de los bolivianos en la última elección y está unida. La Policía y el Ejército, las Fuerzas Armadas, también están unidos alrededor de la democracia. También existen el Congreso, los tribunales, las instituciones democráticas, que están fuertes y decididos a perdurar. Es importante decir a todo el pueblo de Bolivia que yo no voy a renunciar (…)”.
Fue dos veces presidente: del 6 de agosto de 1993 al 6 de agosto de 1997 y del 6 de agosto de 2002 hasta su renuncia, el 17 de octubre de 2003, después de 14 días de enfrentamientos entre civiles y la fuerza pública durante la denominada “Guerra del Gas”, que oficialmente dejó 67 muertos y 417 heridos.
SU PROPUESTA
La actual CPE establece la existencia de cuatro “órganos” del Estado: Legislativo, Ejecutivo, Judicial y Electoral, los que se mantienen en la propuesta de Sánchez de Lozada, pero él vuelve a llamarlos “poderes”.
Su artículo 35 dice: “El Estado Boliviano está formado por los Poderes Legislativo, Ejecutivo, Judicial y Electoral, la Presidencia de la República y los gobiernos subnacionales y todas las entidades públicas que se encuentren bajo tuición de esos poderes”.
“El objetivo principal de este capítulo es la estabilidad política y la erradicación del autoritarismo”, explica Sánchez de Lozada en un resumen previo a su proyecto que, en general, plantea “restituir la República de Bolivia con una visión moderna, pero en armonía con los valores que la hicieron posible en 1825”.
También reconoce que su documento “no es original”, porque antes “muchos han propuesto cosas parecidas”. Aunque sí aclara una peculiaridad: “señala claramente y paso a paso los mecanismos para proteger la estabilidad política y evitar que la lucha por el poder se desarrolle al margen de la democracia y sus instituciones”.
Más adelante, aclara que este proyecto “no está destinado a la política partidaria, sino a la sociedad en su conjunto”.
PRESIDENTE
La propuesta de CPE de Sánchez de Lozada prevé, en su artículo 66, la designación del Presidente “por dos tercios de votos del total de los miembros del Congreso de la República, por un mandato de diez años improrrogables”.
Según la explicación previa del exmandatario, la autoridad moral del Presidente es un “atributo in¬dispensable para que pueda ejercer con dignidad su condición de Capitán General de las Fuerzas Arma¬das y nombrar, con el asesoramiento de un Consejo de Estado creado para el efecto, a las principales au¬toridades militares, judiciales y electorales de la Na¬ción”. Y, en ese sentido, agrega que, “concluido ese trámite, el Presidente no tendrá ninguna potestad sobre esas autoridades, cuya inde¬pendencia es uno de los pilares del actual proyecto”.
PRIMER MINISTRO
Según el Art. 45, el Poder Legislativo tiene la atribución de “elegir al Primer Ministro por mayoría absoluta del total de sus miembros, a propuesta del Presidente de la República”.
Respecto al Ministerio Público, el artículo 123 dice que “el Fiscal General de la República es designado cuando corresponda por el Primer Ministro y confirmado por la Cámara de Senadores por dos tercios del total de sus miembros. Tiene su sede en la ciudad de Sucre”. El Fiscal General tiene un mandato de siete años (en la actualidad es de seis y su designación requiere de una “convocatoria pública previa, y calificación profesional y méritos, a través de concurso público”).