Medio: Página Siete
Fecha de la publicación: domingo 04 de junio de 2023
Categoría: Órganos del poder público
Subcategoría: Órgano Judicial
Dirección Web: Visitar Sitio Web
Lead
Contenido
¿Son necesarias nuevas elecciones judiciales? La historia de los últimos 12 años de “judiciales” en el país nos enseñó que fue la peor decisión. Es en realidad el talón de Aquiles de la Constitución Política del Estado hoy vigente. Y no porque el pueblo se equivoque en el voto popular, sino que el filtro fue exclusivamente de 2/3 oficialistas para elegir a los que no fueron “los mejores” jurisconsultos (con las venerables excepciones), sino para habilitar a los “más íntimos” amigos del poder.
Identificadas las excepcionalidades, hoy lamentamos que esa “cúpula judicial” tiene gran responsabilidad de la crisis de la justicia boliviana. La corrupción, la retardación y su dependencia política son sus principales males y hoy todavía quieren reelegirse con la permisibilidad (sino complicidad) del Legislativo.
El claro ejemplo de aquellos estudiosos “chocarreros” del derecho cual “pasanaku” hoy quieren postularse por otra entidad luego de fracasar en funciones luego de seis años; cuando el mandato constitucional es expreso al prohibir la reelección: “Art. 183. I. Los Magistrados no podrán ser reelegidas ni reelegidos. Su periodo de mandato será de seis años”.
La estructura de poder tuvo el tiempo suficiente para refundar, pero optaron por refundir la justicia. Hoy plantear suprimir las elecciones, a más de reconocer ese mal camino, es pisotear la CPE. Ni el control de constitucionalidad o de convencionalidad podrían “suprimir” el voto popular en Bolivia desde el TCP.
Hay algo que es insoslayable que tiene que entender el poder oficialista; la llave del candado constitucional de los 2/3 de las minorías la tienen las “fracciones partidarias” y las minorías legislativas. El sistema de partimos políticos hoy tiene cuando menos tres partidos quebrados en siete fracciones políticas. Comunidad Ciudadana que tiene su bloque duro y los “librepensantes” que aprobaron en la cámara baja la (necesaria) ley del oro. Creemos que tiene tres vertientes: el “camachismo” (los menos), el “anticamachismo” y el “UCSismo”. Y desde luego el MAS quebrado entre arcistas y evistas. A simple aritmética legislativa, si el poder quiere elecciones debe negociar y aceptar las propuestas de las fracciones y minorías.
Lo advertimos desde el 23 de diciembre de 2022. Si no apostaban por el consenso democrático se inclinarían por defenestrar al Órgano Judicial al no garantizar elecciones judiciales 2023. Hoy (cuando menos hasta la fecha) el tiempo nos está dando la razón. El decretazo será una realidad pero debe ser transitoria.
El candado de los 2/3 legislativos tiene llaves constitucionales: el consenso y la complementariedad democrática; donde deben escucharse mayorías y minorías. Si no lo hacen, no habrá reglamento consensuado, no habrán ternas y mucho menos elecciones, y este puede ser otro camino para allanar la designación de magistrados vía decretazo. La mayoría oficialista ya es endeble, debe sumar con las fuerzas políticas minoritarias, sin imponer desde su mayoría ni viceversa respecto las minorías, menos en procesos de designaciones. Si bien las funciones del Estado no pueden ser concentradas en un solo poder, el Ejecutivo (por su parte) puede resolver esa situación si advierte el riesgo de crisis orgánica.
Una ley de simple mayoría y un decreto presidencial permitirán designar autoridades interinas en el Órgano Judicial boliviano a fin de evitar una parálisis institucional y una lesión gravitante a un derecho fundamental: el acceso a la justicia.
El “debate amplio y el gran acuerdo nacional” no debe estar en función a los intereses del poder. La única forma de blindar la transformación judicial es constitucionalizar la reestructuración orgánica del poder judicial; para que la política deje de interferir en la justicia y los malos jueces y fiscales dejen d ser serviles al poder. Esta reestructuración tiene dos caminos: la reforma parcial (vías iniciativa estatal) a la CPE o una constituyente judicial.
Un camino honesto con el país es una constituyente judicial. Un nuevo proceso constituyente que abra debates a los que el poder les teme: federalismo y justicia. Estos dos elementos transversales quizás peligrosos para los intereses de las altas esferas. El federalismo porque se regionalizarían los debates y se reabrirían heridas; y la justicia porque es una deuda histórica que la izquierda no tuvo la capacidad de resolver desde el año 2006.
Ambos temas son necesarios para debatir en este tiempo o camino al 2025. El presidente que quiera gobernar Bolivia en el Bicentenario debe plantear y cerrar el debate de federalismo y refundar la justicia extirpando a los malos operadores del sistema judicial. Hoy siguen existiendo más de 400 jueces no institucionalizados y desde el Consejo de la Magistratura se intenta forzar que se queden y jubilen en sus cargos lo hagan bien o mal.
El otro camino es la reforma parcial de la Constitución que puede darse vía Asamblea, mediante Ley de Reforma Constitucional aprobada por dos tercios del total de los miembros presentes de la Asamblea Legislativa Plurinacional para lo que será necesario un referendo constitucional aprobatorio. Es decir, consenso parlamentario pleno.
Sin embargo esa ley de necesidad no debe ser trabajada por “notables” porque los demás innotables en el país no tendrían derecho a opinar. Esos notables además ya tuvieron su momento político en nuestra historia (fueron actores políticos, constituyentes, viceministros, magistrados y familiares del poder) y ya deberían estar en la reserva si se trata de colgar los cachos (hablando de fútbol).
Sin embargo, sí pueden invitarse a expertos independientes lejanos al poder y que hagan su trabajo en menos de un año, cuyas decisiones sean plenipotenciarias para la solidez de la propuesta de reestructuración judicial y cuyo resultado sea el concertado y aprobado por el sistema de partidos políticos; y luego ellos refrenden la misma en la instancia democrática pertinente. Esos son los caminos: constituyente judicial o reforma parcial.



