Medio: ANF
Fecha de la publicación: martes 31 de julio de 2018
Categoría: Debate sobre las democracias
Subcategoría: Repostulación presidencial / 21F
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“Si las plataformas políticas de políticos pueden sacar antes de las elecciones (de 2019) una resolución de la OEA a su favor, con seguridad todos los bolivianos acataremos. Esa es la única instancia que jurídicamente es valedera”, declaró Montaño al ser consultado si es la única instancia que frenaría la repostulación de Morales.
Los opositores hicieron denuncias ante la Corte IDH, además de diferentes representaciones ante la Organización de Estados Americanos, respecto a la interpretación que hizo el Tribunal Constitucional Plurinacional sobre el artículo 23 del Pacto de San José de Costa Rica.
El TCP estableció la “aplicación preferente” del artículo 256 sobre el 168, con base en el artículo 23 del Pacto, es decir, que los tratados internacionales están por encima de la Constitución Política del Estado cuando sean derechos más favorables, bajo este criterio avaló la repostulación sin límites de las autoridades electas.