Medio: El Deber
Fecha de la publicación: domingo 23 de abril de 2023
Categoría: Debate sobre las democracias
Subcategoría: Democracia representativa
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Se suele decir que no existe una sola democracia, sino varias. Ciertamente, hay gobiernos autoritario-socialistas, por ejemplo, que suelen asumirse democráticos, justificando que la democracia tiene que ver con la distribución universal de la riqueza. No obstante, en los países asociados a la ONU y al sistema de los derechos humanos, la democracia no puede ser la que uno cree, sino la que se acuerde mediante las normas internacionales y las constituciones de las naciones. En estos estados y en Bolivia, no habría varias democracias, sino una sola. Lo que varía son las formas de su ejercicio.
Según esos acuerdos, la democracia es aquella en la que se impone la voluntad del pueblo (DUDH, art. 21.3), y es en este en quien radica la soberanía (poder de decisión), pudiendo ejercerla de forma directa o delegada. Para delegar el poder, decide también en quién hacerlo, por lo que elige a sus delegados. Es por eso en la democracia “universal”, el gobierno es electo por la ciudadanía. En Bolivia, la democracia se ejerce en las formas directa, representativa, participativa y comunitaria (CPE, arts. 7 y 11).
Eso es así porque el poder de decisión de la ciudadanía no siempre puede ser ejercido de forma directa, más aun en sociedades numerosas. Por eso, casi siempre se ejerce ese poder, además, de forma delegada. La manera de hacerlo es: 1) eligiendo a delegados/as, 2) determinando el cupo de poder de decisión que se les delegará (competencias y atribuciones) y estableciendo cómo se organizarán (diseño organizacional estructural del gobierno que implica la división de las funciones del poder entre los delegados/as), y 3) señalando el mecanismo base de ejercicio del poder (diseño de gestión) y las condiciones restrictivas o limitaciones al ejercicio del poder delegado (principio de legalidad y de constitucionalidad). Por todo esto es que la democracia no se reduce a la potestad del pueblo de votar y elegir a sus gobernantes. Está, asimismo, el diseño de un gobierno complejo, capaz de materializar y garantizar los derechos humanos, evitando cometer abusos de poder.
Finalmente, la forma de democracia participativa implica que los gobernantes electos no pueden tomar todas las decisiones solos, sino con la participación de la ciudadanía (CDI, art. 2 y 6; CPE, arts. 241.I y 11.I-II.1) y, la forma de democracia comunitaria, que los pueblos indígenas ejercen el poder mediante sus propias maneras (DNUDPI; CPE, arts. 11.II.3 y 26.II.3-4).