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Medio: Los Tiempos
Fecha de la publicación: martes 04 de abril de 2023
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
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A través de un comunicado, el Tribunal Supremo electoral (TSE) afirmó este martes que el proceso de recolección de firmas para un referendo está normado por un reglamento que exige que estos datos sean presentados a través de un "libro de adhesión" y también a través de un "medio óptico" para su verificación.
El TSE respondió así la aseveración del grupo de Jursitas Independientes que ayer denunció que el TSE "pone trabas" para la recolección de firmas para la iniciativa popular que busca realizar un referendo para reformar la justicia en el país.
"El reglamento prevé que el medio habilitado para verificar las firmas y huellas dactilares son los "libros de adhesión" y "medio óptico" tal como se regula en sus artículos del 15 al 23 (del Reglamento para la Verificación de Huellas, Firmas y la Pregunta en el Proceso de Iniciativa Popular para Referendo)", señala el comunicado.
El mencionado reglamento fue aprobado en 2013 y modificado en los años 2017 y 2022, según el TSE.
"La decisión del TSE de hacer dicha exigencia se basa, como han sido informados oportunamente los impulsores de esta iniciativa, en el Reglamento para la Verificación de Huellas, Firmas y la Pregunta en el Proceso de Iniciativa Popular para Referendo", señaló el TSE.
El Tribunal Supremo Electoral, en ese sentido, resalta que el reglamento está vigente y es constitucional y recuerda que los promotores de la iniciativa ciudadana se rigen por esa norma para la recolección de firmas y huellas dactilares.
En ese sentido, el TSE también hace eco de las advertencias de los juristas independientes de presentar un amparo constitucional para evitar que se les obligue a presentar las firmas en un formato digital y señala que el Reglamento mencionado está vigente hasta que el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) dictamine lo contrario.
"Este reglamento constituye el instrumento normativo de aplicación al presente proceso del que, al amparo del artículo 4 de la Ley 254 del Código Procesal Constitucional, se presume su constitucionalidad en tanto el TCP no declare su inconstitucionalidad", afirmó el Órgano Electoral.
Ayer, el exalcalde de La Paz, Juan del Granado, en representación del grupo de juristas, señaló que la transcripción de firmas a un formato digital es un requisito "imposible de cumplir" por el millonario costo que significaría, por lo que anunciaron la presentación de un amparo constitucional.
"Tardaríamos 2 meses y medio solo en transcribir los 1,5 millones de partidas. Además, el costo, calculado en más de un millón de bolivianos, para los promotores del referendo es inalcanzable y se constituye en una abierta restricción anulatoria de la democracia directa y por tanto contraria a la Constitución", informó.
Los juristas están en el proceso de recolectar un millón y medio de firmas, con las cuales se activaría un referendo para modificar la Constitución y, de esa manera, reformar la justicia.



