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Medio: Página Siete
Fecha de la publicación: martes 21 de marzo de 2023
Categoría: Institucional
Subcategoría: Servicio de Registro Cívico (SERECI)
Dirección Web: Visitar Sitio Web
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La iglesia evangélica recuerda que no pueden tener a un niño y que su unión no es un matrimonio. Hay al menos cuatro parejas que lograron legalizar su unión.
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El representante de las Iglesias Evangélicas de Bolivia, pastor Luis Aruquipa, aseguró que “respetará la unión libre de las personas del mismo sexo”, tal como indica el fallo emitido por el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), pero afirmó que no está de acuerdo.
“Evidentemente, la Resolución 577/22 indica que legaliza la unión libre de personas del mismo sexo en Bolivia (...) por eso, respetamos esa decisión”, indicó el pastor.
Sin embargo, resaltó que por más que esa unión sea reconocida por la vía civil, “no es un matrimonio civil, porque el vínculo matrimonial indica que el casamiento se da para la procreación, es decir para engendrar hijos, entonces ¿dos personas del mismo sexo podrán procrear? Por esa razón sólo se reconoce su unión libre”.
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Página Siete informó el lunes que los magistrados de la Sala Segunda del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) publicaron la Sentencia Constitucional Nº 0577, que legaliza la unión entre personas del mismo sexo en Bolivia.
Este fallo fue emitido debido a la acción judicial que presentaron en 2018 David Aruquipa y Guido Montaño como una impugnación ante el Servicio de Registro Cívico (Sereci), que se negaba a registrar su unión.
Por ello, el pastor Aruquipa resaltó que se registra la unión entre David y Víctor, pero aseguró que existe una sentencia constitucional la 076 de 2017, la cual dice que “identidad de género es la vivencia individual del género tal como cada persona la vive, la siente, la ejerce como la sociedad, la cual puede corresponder o no al sexo asignado en el momento, pero el cambio de nombre propio, dato de sexo y más es únicamente en el marco de la Ley de Identidad de Género, no obstante todos los derechos fundamentales políticos, laborales, civiles, económicos y sociales es inconstitucional”.
“Es decir- indicó- que hay una sentencia constitucional que les dijo que pueden cambiar de sexo, pero no tienen derechos fundamentales políticos laborales, civiles económicos y sociales”, aseveró.
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Debido a ello, resaltó que hay una incongruencia entre la Sentencia 0577 de 2022 con la 076 de 2017.
Aclaró que con la última disposición lo único que se hace es reconocer la unión civil, “que en cuatro paredes ellos pueden hacer lo que quieran”, pero no les reconocen los derechos correspondientes.
Además acotó que como Iglesia evangélica “en ningún momento vamos a realizar matrimonios de personas del mismo sexo”, dijo al señalar que por eso, ahora “respetamos esa unión, pero no estamos de acuerdo”.
Asimismo, reiteró que por más que cuenten con ese aval para registrar su unión, no tienen derecho a tener un niño. “La Ley 548 del Niño Niña Adolescente en la que indica que todo niño tiene derecho a una familia, en ningún momento dice que toda persona de diversa orientación sexual tiene derecho a un niño”.
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Este medio llamó por segundo día a la Iglesia Católica para conocer su versión, pero indicaron que no tenían lista su posición sobre el tema.
También se conversó con David Aruquipa, quien resaltó que estaba de viaje y que este miércoles podrá dar su posición.
En Bolivia, al menos cuatro parejas del mismo sexo ya legalizaron su unión luego de un viacrucis al que se someten, pese a que en 2020 se viabilizó la primera unión libre – de David y Víctor- debido a que la Sala Constitucional Segunda del Tribunal de Justicia de La Paz que otorgó un plazo al Sereci para que aplique normas internacionales. Ese fallo subió subió a consulta al TCP, razón por la que después de dos años se emitió la sentencia 0577/22.




