Medio: Página Siete
Fecha de la publicación: martes 07 de marzo de 2023
Categoría: Procesos electorales
Subcategoría: Elecciones judiciales
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“Establecer que la convocatoria, postulación, impugnación, habilitación, y evaluación de postulantes será realizada por una Comisión de Evaluación Académica conformada por la sociedad institucional y académica organizada en cada departamento”, detalla parte del artículo 1.
La propuesta establece que esa comisión estará conformada por representantes de las universidades públicas, de los entes de abogados, de las universidades privadas, de las organizaciones campesinas y de los medios de comunicación. Como veedores del procesos, se sugiere a la Iglesia Católica, y como fiscalizadores a los parlamentarios.
El documento señala que que “el funcionamiento” de esa Comisión “estará bajo responsabilidad de la Universidad Pública, sede donde se realizará el proceso de evaluación académica de postulantes”.
“La Comisión de Evaluación Académica elaborará el reglamento administrativo complementario, a los requisitos establecidos en la presente ley, para la convocatoria, requisitos, postulación, impugnación, habilitación, y evaluación de postulantes, en el plazo máximo de diez (10) días calendario, a partir de la convocatoria al proceso electoral”, detalla un fragmento del artículo 4.
Ayer, Comunidad Ciudadana (CC) presentó ante la Asamblea Legislativa un proyecto de “garantías” para el proceso de selección de postulantes, con la advertencia de que si la selección de magistrados se da con los marcos de 2011 y 2017, no habrá independencia judicial.
Sin embargo, antes de estas dos propuestas, el grupo de Jurista Independientes comenzó la recolección de firmas para un referéndum constitucional, de cara a una reforma judicial.



