Medio: Opinión
Fecha de la publicación: domingo 05 de marzo de 2023
Categoría: Representación Política
Subcategoría: Procesos contra autoridades electas
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Con el respaldo de la Alianza Solidaria Popular (ASIP) y de cinco escaños indígenas, la Asamblea Legislativa Departamental de Santa Cruz aprobó ayer, tras cinco horas de debate, la Ley de Regulación de la Ausencia Temporal e Impedimento Definitivo del Gobernador, en el que no se toma en cuenta la detención preventiva como una de las causales. Por lo tanto, Luis Fernando Camacho podrá seguir gobernando desde el penal de máxima seguridad de Chonchocoro.
Esa ley, que fue propuesta por Creemos, contó con el voto de los 11 asambleístas de esta alianza y el respaldo de ASIP y de cinco escaños indígenas, informó El Deber de Santa Cruz.
Los 11 legisladores de Movimiento Al Socialismo (MAS) votaron en contra de esta norma en un debate que duró más de cinco horas y que fue bastante accidentado.
La norma aprobada por la Asamblea Legislativa Departamental precisa las causales de la “ausencia temporal” del Gobernador Luis Fernando Camacho, que se encuentra recluido en Chonchocoro de La Paz, en la que no se incluye la detención preventiva.
Camacho se encuentra encerrado en el penal de máxima seguridad desde el 30 de diciembre pasado, acusado por terrorismo en el caso “Golpe de Estado I”.
PROTESTA
Para el MAS se dio “un revés al Estatuto Autonómico y se eliminó la figura jurídica del Vicegobernador”.
La bancada del MAS votó en contra y su presidenta, Raquel Valencia, anunció en la sesión que se recurrirá a la Justicia para restablecer el respeto a la Constitución Política del Estado y al Estatuto Autonómico. “Ojalá que no digan, después, persecución política, cuando nosotros accionemos (los recursos que franquea la ley)”, informó, según ABI.
Fue el presidente de la ALD y parte de Creemos, Zvonko Matkovic, el que presentó el proyecto de Ley de Regulación de la Ausencia Temporal e Impedimento Definitivo del Gobernador que fija que la suplencia se activa por causales voluntarias y forzosas.
Las voluntarias corren cuando se ausenta por viajes oficiales, por ejemplo, mientras que la forzosa por enfermedad o afectación física grave o ausencia injustificada de sus funciones por más de seis días de trabajo.