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Medio: El Diario
Fecha de la publicación: miércoles 22 de febrero de 2023
Categoría: Debate sobre las democracias
Subcategoría: Repostulación presidencial / 21F
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“A siete años del histórico #21F, cuando #BoliviaDijoNo a la #ReelecciónIndefinida me enorgullezco de la gesta épica del pueblo boliviano que defendió la democracia y la CPE. Construir la Unidad, frente al proyecto totalitario a perpetuidad del MAS, es el camino de la libertad” (SIC), escribió en su cuenta de Twitter la expresidenta Jeanine Añez.
El expresidente de Bolivia y líder opositor de Comunidad Ciudadana (CC), Carlos Mesa, destacó el 21F como la expresión del pueblo que le dijo No en las urnas a un “autócrata” que pretendió burlar la voluntad de la población, en relación al expresidente Evo Morales.
“El 21F será recordado siempre como la gran revolución pacífica de nuestra historia, cuando el coraje de un pueblo unido le dijo NO en las urnas a un autócrata que quiso burlar su voluntad. Hoy repetimos con el mismo vigor y decisión: ¡Nadie se rinde, nadie se cansa!”, escribió Mesa en su Twitter.
Quiroga recordó que además hace cinco años y medio la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) estableció que la reelección indefinida no es un derecho humano, tal como estableció un fallo del Tribunal Constitucional Plurinacional de 2017.
“Hace 7 años #Bolivia le dijo NO a la pretensión de Evo Morales de eternizarse en el poder. 5½ años después, la @CorteIDH también le dijo NO. (En cuadros está mi intervención ante la Corte). Hoy, el país sigue diciendo NO. Ser tirano eterno NO es un DDHH interamericano” (SIC), escribió, también en Twitter.
SIETE AÑOS
El 21 de febrero de 2016, el entonces gobierno del Movimiento al Socialismo (MAS) perdió en el referéndum la opción de la repostulación de Evo Morales y Álvaro García, sin embargo, esta decisión de la ciudadanía fue desconocida por el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) para avalar la reelección indefinida una vez más.
El entonces presidente del TCP, Macario Lahor Cortez, justifico en noviembre de 2017 que la Sentencia Constitucional 084 se basó en la aplicación preferente del artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH) por ser una norma más favorable con relación a los derechos políticos sobre los artículos 156, 168, 285 y 288 de la Constitución Política del Estado (CPE), que limitaba la reelección continua de los gobernantes.
Sin embargo, la CorteIDH el 2021 concluyó que la “reelección presidencial indefinida no es un derecho humano autónomo” y es contraria a la Convención Americana y a la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre. Establece que la permanencia en el poder de un presidente por un largo período de tiempo afecta la independencia y la separación de poderes.