Medio: La Patria
Fecha de la publicación: viernes 27 de julio de 2018
Categoría: Autonomías
Subcategoría: Departamental
Dirección Web: Visitar Sitio Web
Lead
Contenido
Se trata del instrumento más importante para mejorar la representación regional y hacer prevalecer los derechos departamentales ante las instancias gubernativas, sin embargo, el asunto parece que no es entendido en tal dimensión en la mayoría de los departamentos del país, pues de nueve sólo dos, Pando y Tarija tienen sus estatutos autonómicos debidamente aprobados y en plena vigencia, en el resto todavía se trabaja en su redacción o la fase de socialización, que son parte de un delicado proceso que debe incluir la expectativa ciudadana, planteada de forma tal que sea entendible y asequible en los niveles decisorios de la cúpula oficial.
Recientemente el vocal del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Antonio Costas, planteó a las autoridades departamentales, trabajar en la aprobación de los estatutos autonómicos para establecer su correspondiente representación territorial. Se recordará que este aspecto entra en esa parte importante de valorar la administración autónoma del manejo administrativo regional, el uso de las riquezas, la creación de programas de autosostenimiento, la aprobación de leyes locales dirigidas al mejor uso de los recursos naturales y por supuesto el control de una eficiente administración de los fondos públicos que deberán ser destinados a mejorar las condiciones de vida regional.
Hasta hace cierto tiempo se manejaba un elemento negativo que se mantiene con la potestad centralista y la sumisión regional a las directivas que se disponen en muchos casos, al margen de los verdaderos intereses y expectativas comunitarias. Lo que busca el proceso autonómico es la independencia del poder central, sin dejar de lado el planteamiento de recibir las asignaciones regulares, de manera equitativa para hacer sostenible la operabilidad básica del sistema.
Lo que sugiere la autoridad del TSE, es que hay necesidad de establecer a nivel departamental las instancias del mejor funcionamiento de los niveles Legislativo y Ejecutivo de cada distrito, proponiendo y aplicando sus propias leyes, porque las de orden nacional, o pueden ser demasiado grandes o insuficientes e inadecuadas en proporcionalidad al interés territorial.
Es sumamente importante que cada estatuto autonómico departamental, sea el fiel reflejo de los intereses regionales del distrito, pero además contenga con mucha claridad la relación de los planteamientos institucionales de todo nivel y alcance convirtiéndose en el "libro mayor" que reúna el pensamiento objetivo del pueblo.
Se reconoce que hay un retraso preocupante entre lo que fue la aprobación de la Constitución Política del Estado y el movimiento inmediato para la elaboración de estatutos y reglamentos autonómicos, además de las cartas orgánicas municipales, con lo que se definía en sujeción a la CPE, la vigencia de los departamentos autonómicos, lo que no ha sucedido en casi una década.
Dadas ciertas condiciones de necesidad estructural y para mejorar las condiciones de representación regional, es que desde el TSE, se insta a las autoridades de los gobiernos subnacionales a cumplir los requisitos para aprobar los estatutos autonómicos con su respectivo reglamento, que les permitirá una participación más directa en la administración del Estado, instancia en la que se considerarán, abiertamente los planteamientos y necesidades departamentales.
Es importante que se trabaje en la conclusión y aprobación de los estatutos autonómicos, para que la presencia de cada departamento sea reconocida en el nivel Estatal en el que se discutirán y aprobarán las medidas que demandan los gobiernos subnacionales, debidamente reconocidos a través de su reglamento autonómico y su carta orgánica municipal. Tarea urgente para las autoridades.