Medio: El País
Fecha de la publicación: viernes 27 de julio de 2018
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
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En Bolivia siempre fue así (al menos en teoría, y exceptuando las numerosas dictaduras que hemos padecido) pero la nueva Constitución —la del Estado Plurinacional— añade como cuarto poder el Órgano Electoral Plurinacional que tiene como máxima autoridad al Tribunal Supremo Electoral, cuyos miembros (7) son designados por los Órganos Legislativo (en número de 6) y Ejecutivo (1 miembro), y que tiene autoridad sobre los Tribunales Departamentales Electo-rales. Y el Artículo 208 de la CPE establece que ese Tribunal Supremo Electoral es el responsable de organizar, administrar y ejecutar los procesos electorales y proclamar sus resultados.
Podemos afirmar que éste fue uno más de los grandes avances que nos trajo la nueva Constitución, ya que antes —recordamos con horror las elecciones de 1978, por ejemplo— el equivalente al actual Órgano Electoral no hacía más que cumplir órdenes del Poder Ejecutivo. Sin embargo la semana pasada el Ministro de Justicia nos sorprendió ordenando a los Tribunales Departamentales que no hagan ningún comentario sobre el referéndum del 21 de febrero del 2016. El Ministro de Justicia es un miembro más del gabinete (nombrado por el Presidente del Estado), mientras que los miembros de los Órganos Departamentales Electorales son elegidos por la Cámara de Diputados (por dos tercios de votos, y a partir de ternas presentadas por las Asambleas Legislativas Departamentales). Por tanto no están sometidos en absoluto a un ministro del Órgano Ejecutivo, aunque sea el de Justicia… Y mucho menos a la hora de discutir los mandatos de la Constitución.
¿Qué les está pasando a algunos de nuestros ministros —el penúltimo fue el de Defensa, ahora es el de Justicia— que parecen estar asumiendo algo así como el carácter absoluto del Poder Ejecutivo? Cierto que nuestro propio Presidente afirmó hace un tiempo que la división de poderes fue un invento del Imperio Norteamericano. Pero —aparte de la falta de información de nuestro Presidente, que en sí misma no es nada grave— el hecho es que, más allá de lo que él pueda pensar, nuestra actual Constitución —la del Estado Plurinacional, la que formó parte muy importante de la gran renovación del país que se dio durante el primer gobierno de Evo— establece nomás la división de poderes, entre ellos el poder Electoral. Por tanto un presidente —y por supuesto un ministro— puede hacer consultas a dicho órgano, pero no puede darle órdenes ni prohibirle nada.
Si algo es importante en estos momentos —y si queremos defender lo que nos queda de democracia— es respetar la autonomía de los diferentes poderes del Estado. En este sentido parece que también se equivocan aquellos dirigentes de la oposicíón que pretenden exigir al Órgano Electoral que se pronuncie ahora mismo sobre la validez o no de la candidatura de Evo Morales después del referéndum del 21 de febrero. El Tribunal Supremo Electoral ha declarado que asumirá y publicará su posición cuando empiece la campaña electoral, que antes no le compete. Y esa actitud parece ser la más razonable. Porque el Tribunal Electoral debe actuar cuando le toca, vale decir cuando hay convocatoria a elecciones. Así que podemos pedir a unos y otros que, para un poder del Estado que se está comportando satisfactoriamente, lo respetemos, y no le compliquemos las cosas más de lo que ya están. ¡Ukhamau!