Medio: Página Siete
Fecha de la publicación: domingo 11 de diciembre de 2022
Categoría: Representación Política
Subcategoría: Democracia paritaria
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La incursión de las mujeres en la política, facilitada por un marco jurídico favorable, ha superado obstáculos, pero aún no es suficiente. Mientras, los feminidicios aumentan.
Bolivia se constituye en uno de los países de América Latina que ha mostrado avances en la participación política de las mujeres de manera significativa, en un escenario caracterizado por una diversidad de acontecimientos propicios para las mujeres, especialmente a partir de la década de los 90, enmarcada en la formalización e institucionalización de la cuota hasta su concreción con la anhelada “paridad”. Sin embargo, y en contraste, Bolivia ocupa el cuarto lugar a nivel latinoamericano y primero en la región sudamericana en feminicidios, un dato terrible que debe preocuparnos a todos. No es un tema que debe resolver solo el gobierno, es un problema serio que involucra a la sociedad en su conjunto, como señala Nidya Pesantez, representante de ONU Mujeres Bolivia.
El último reporte de la Coordinadora de la Mujer señala que la violencia sexual es el segundo tipo de violencia más denunciado en Bolivia, después de la violencia intrafamiliar, en el marco de la Ley 348, Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia. A pesar de su alta incidencia, es una de las problemáticas sociales más toleradas culturalmente; es una “pandemia” que destruye vidas, pero que institucionalmente está invisibilizada. Otro reporte, desde el Observatorio para la Exigibilidad de los Derechos de las Mujeres, indica que entre enero y noviembre de 2022, 84 mujeres fueron víctimas de feminicidio. En general, las organizaciones de mujeres reclaman atención a este grave problema social, cuyo tratamiento en la agenda pública es fundamental, pero invisibilizado.
Bolivia cuenta con dos leyes para atender las violencias en el país; una de ellas denominada Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia (Ley 348), que se encuentra más centrada en atender los casos de violencia familiar o doméstica, que representa más del 80% de los tipos de violencia contra las mujeres y figura entre los delitos de mayor frecuencia del país.
Baya M. (2020), y otra norma más específica centrada en el ámbito público y del ejercicio político, la Ley 243 sobre el Acoso y la Violencia Política hacia las Mujeres, promulgada hace 10 años, han logrado contribuir parcialmente al fortalecimiento de la democracia, que más allá de logros cuantitativos en términos paritarios, no logró su propósito principal en relación a garantizar el ejercicio pleno de los derechos humanos de las mujeres en Bolivia, particularmente de sus derechos políticos y ciudadanía, por la discriminación hacia las mujeres en la dinámica política y durante su desempeño público, pues cada año hay un saldo de alrededor de 200 casos de AVP no resueltos.
La paridad representó un hito histórico que promovió no sólo el cambio cuantitativo de la composición política por sexo, sino impulsó cambios simbólicos y culturales en algunos aspectos del sistema político, pero fundamentalmente permitió instalar una normativa tendiente a la democratización del poder, Sánchez C. (2016). Ha provocado, además, la desmonopolización de los partidos políticos lo que ha facilitado el acceso de las mujeres al ejercicio de la representación política y por ende en los espacios de decisión de “algunos” niveles políticos; pero también han generado oportunidades de una presencia política de las mujeres en el Estado.
Esa incursión, facilitada por el marco jurídico favorable, fue enfrentando y superando obstáculos; y barreras en el difícil campo de la política. Las mujeres con liderazgos y trayectorias más reconocidas fueron las que optaron por ingresar al espacio político a partir de su experiencia previa en la carrera política, desde espacios sindicalistas, organizaciones sociales o locales, y su participación en procesos electorales como candidatas (hace una década la mayoría eran suplentes, situación que fue variando paulatinamente hacia la titularidad).
En este contexto, “el acoso y la violencia política (AVP) fue caldo de cultivo –se gesta y viraliza– debido a la amplia resistencia masculina a la incorporación de las mujeres en la política, que ha estado presente desde sus primeras incursiones a la vida política, en el proceso de politización, en el proceso eleccionario, en el proceso de institucionalización y hoy se manifiesta en su desempeño en los más altos cargos de representación política” (Sánchez C, 2016). Hasta finales de los 90, la violencia contra las mujeres, que se consideraba del ámbito privado, fue desplazada al ámbito público ante el incremento paulatino de la presencia de las mujeres.
La participación femenina en diversos ámbitos está prevista en las leyes antes mencionadas y en la Constitución de 2009, que han producido avances innegables en los derechos de las mujeres en el país; pero no han podido garantizar ni frenar la diversa gama de violencias y feminicidios, como es el caso del asesinato de Juana Quispe, exconcejala de Ancoraimes, quien luego de denunciar presuntos actos de corrupción contra el alcalde, después de 10 años, continúa sin resolverse y la Ley 243, que emblemáticamente lleva su nombre, a estas alturas es una norma anacrónica ante la falta de voluntad política y recursos para ejecutarla, facilitando la impunidad.
La igualdad tiene el potencial de actuar como eje de regeneración de las democracias. (ONU, 2016); sin embargo aún no se ha transitado de este escenario adverso, donde continúa la discriminación, el acoso y las violencias contra las mujeres, normalizando las conductas misóginas, un denominador común y de manera constante, a pesar de la normativa favorable para unamayor presencia en los espacios decisionales legislativos a nivel nacional y subnacional, su paulatino empoderamiento político y, una mayor aceptación social acerca de su presencia en espacios públicos decisionales.




