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Medio: Página Siete
Fecha de la publicación: sábado 03 de diciembre de 2022
Categoría: Autonomías
Subcategoría: Departamental
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Censo departamental
La palabra “obra” denota “hecho” (RAE, 2001). Con una de sus acepciones la ciencia política indica que “Las grandes obras sobresalen justamente porque promueven cambios conceptuales en ciertos términos familiares y, (.) consiguen persuadir (.) de emplearlos en ese nuevo sentido. (.) para considerar la vida social y política” (Ostrensky, E; 2003). Jurídicamente, la teoría enseña que “el hecho origina al Derecho” (ex facto oritur ius). Analicemos algunos hechos del pueblo de Santa Cruz y su eficacia modificadora de conceptos.
La Constitución (CPE) de 1967 sostuvo el concepto de que “al Prefecto lo designa el Presidente” (arts. 96.15 y 109), hasta “los cabildos abiertos realizados el 22 de junio del 2004 y el 28 de enero del 2005 en el Departamento de Santa Cruz” (Asbún, J.; 2007) en los cuales el pueblo cruceño le pidió al gobierno central la transición del Estado unitario al autonómico mediante “convocatoria a un referéndum por autonomías departamentales” (íd.), extendiendo su planteamiento a toda Bolivia. Asbún correlaciona directamente los cabildos de 22/6/2004 y 28/1/2005 con la decisión del Presidente Mesa “de aprobar el decreto supremo [DS] N.º 27988 de 28 de enero del 2005, a través del cual (.) en uso de[l] (.) artículo 109 de la Constitución (.), de nombrar a los Prefectos (.), (.) [dispuso que] dicha designación recaería en la persona que obtenga más votos en una elección departamental, por lo que convocó a ‘elección para la selección de prefectos’” (íd.). Al DS 27988 le siguieron la Ley 3015 de 8/4/2005, el DS 28077 de 8/4/2005, la Ley 3090 de 6/7/2005, el DS 28229 de 6/7/2005 y la Sentencia Constitucional 75/2005 de 13/10/2005 por la cual el Tribunal Constitucional declaró “CONSTITUCIONALES las disposiciones legales [de] la Ley 3015, (.) los DDSS 27988, (.); 28077, (.) y 28229” (sic).
La evidencia científica indica que los hechos descritos (cabildos) del pueblo de Santa Cruz modificaron/eliminaron los conceptos constitucionales de que “al Prefecto lo designa el Presidente” y de Estado unitario. El demás pueblo boliviano respaldó estas modificaciones mediante Referéndum de 25/1/2009 aprobatorio de la CPE vigente.
A diferencia de 2004, la CPE de 2009 autoriza hoy al Gobierno Autónomo Departamental de Santa Cruz (Gadsc) a realizar “en su jurisdicción: (.) Estadísticas departamentales” (art. 300.I.11), es decir, ejecutar su propio censo departamental 2023. Siendo tal autorización una competencia “exclusiva”, el Gadsc tiene sobre “censo/estadística departamental” “las facultades legislativa, reglamentaria y ejecutiva” (art. 297.I.2 CPE), pudiendo “transferir y delegar” -o no- las facultades reglamentaria y ejecutiva a los autogobiernos municipales dentro de su Departamento. En la relación administración (Gadsc)/administrados (habitantes), estos pueden –incluso por cabildo– pedirle al Gadsc que ejerza dicha competencia y: 1) mediante Ley Departamental, la Asamblea del Gadsc.- a) organice el Instituto Departamental/Cruceño de Estadística, b) regule el censo departamental (intervalo, procedimiento, efectos, etc.); luego, 2) que la Gobernación –si no delegare– reglamente/ejecute el censo. En Estado autonómico o federal boliviano, el Gadsc igualmente necesitará su propio Instituto Departamental de Estadística.
De nuevo, la evidencia señala que, mediante los hechos –jurídicos– que ahora vivimos, el pueblo de Santa Cruz eliminará el concepto –inconstitucional– de que “al censo lo monopoliza el nivel nacional” y, si esta obra cruceña fuere consultada, es previsible que el Tribunal Constitucional Plurinacional –cuidando su supervivencia “nacional”– la declare constitucional, catalizando la erosión del masismo residual.
El cambio conceptual con censo departamental en Santa Cruz no sólo develará la distorsión estadística sobre la cual reposa la autocracia masista sino que, aplicando la autonomía, reducirá los órganos Ejecutivo/Legislativo nacionales a sus límites constitucionalmente definidos.
conceptual con censo departamental en Santa Cruz no sólo develará la distorsión estadística