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Medio: Correo del Sur
Fecha de la publicación: jueves 27 de octubre de 2022
Categoría: Órganos del poder público
Subcategoría: Órgano Ejecutivo
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Sobre la base de que un Estado es un “país soberano, reconocido como tal en el orden internacional, asentado en un territorio determinado y dotado de órganos de gobierno propios”, quedó establecido que, en los márgenes propuestos por el gobernante Movimiento Al Socialismo (MAS), Bolivia no puede hablar de soberanía plena.
Según han planteado teóricos allegados al MAS, Bolivia no era soberana en los gobiernos neoliberales, puesto que su deuda con el Banco Mundial y el Banco Interamericano de Desarrollo la tenían sometida a Estados Unidos. No se tomó en cuenta el detalle de que ambos organismos están integrados por varios países, incluido la propia Bolivia.
Los datos del Banco Central de Bolivia, que maneja información oficial del Estado boliviano, confirman que la deuda externa de nuestro país ha crecido en proporción geométrica desde 2006 y, entre sus deudores, aparecen naciones como la República Popular China, Corea del Sur y Venezuela. En la lógica del MAS, si había dependencia de EEUU por la deuda, lo mismo habría que pensar respecto a los deudores actuales. Ese es el argumento por el que se dice que Bolivia no tiene soberanía plena, con lo cual no cumpliría con uno de los requisitos para llamarse Estado.
El país está reconocido por la comunidad internacional y tiene un territorio determinado, aunque reducido en relación a 1825. Lo que queda por determinar, entonces, es si tiene órganos de gobierno propios.
A este respecto, es altamente instructivo, y claro, el artículo 12 de la Constitución Política del Estado que señala que “el Estado se organiza y estructura su poder público a través de los órganos Legislativo, Ejecutivo, Judicial y Electoral”. Agrega que “la organización del Estado está fundamentada en la independencia, separación, coordinación y cooperación de estos órganos”. Hasta ahí todo parece claro, pero el texto constitucional es todavía más específico en los siguientes parágrafos, puesto que el tercero recuerda que “las funciones de los órganos públicos no pueden ser reunidas en un solo órgano ni son delegables entre sí”.
Los órganos de gobierno de Bolivia son cuatro: el Legislativo, Ejecutivo, Judicial y Electoral. Pero, para ser considerados “propios”, no es suficiente que se declare su existencia en la Constitución, sino que también es preciso que se ejecute cuanto esta señala al respecto.
¿Existe independencia y separación entre estos órganos o poderes? Sus integrantes dicen que sí, pero los hechos les desmienten. En Bolivia, el MAS controla el Ejecutivo y también el Legislativo, donde tiene mayoría, aunque le cueste trabajo conseguir los dos tercios. ¿Qué pasa con los órganos Electoral y Judicial? En diferentes acciones demostradas a lo largo de la última década y media, y un poco más, se ha visto que el Órgano Electoral trabaja en función a los intereses del partido de gobierno, en tanto que el Judicial, ha quedado largamente demostrado, no es para nada independiente. Basta recordar los escandalosos audios que en los últimos años han provocado, solo a nivel del Consejo de la Magistratura, una interminable serie de cuestionamientos en ese sentido.
Por lo visto, las funciones de los órganos del Estado se han ido reuniendo en torno al Ejecutivo y, eso no es constitucional ni justo para todos los bolivianos. (R)



