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Medio: ANF
Fecha de la publicación: viernes 20 de julio de 2018
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunales Electorales Departamentales (TED)
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“La norma está ahí, o sea que es vinculante, y la cual seguramente el Tribunal Supremo Electoral (TSE), de acuerdo a las competencias como el artículo 123 de la Constitución Política del Estado (CPE), deberá resolver esa situación”, indicó la flamante autoridad.
Y cuando fue consultado si eso significa que el resultado del referendo debe ser respetado, Soliz respondió: “Eso es lo que dice la Constitución y las leyes 026 (de Régimen Electoral) y 018 (de Órgano Electoral Plurinacional)”.
En el referendo del 21F, la mayoría de los bolivianos se opuso a la modificación de la Constitución para posibilitar una nueva postulación de Morales a la presidencia. Sin embargo, el oficialismo decidió no respetar ese resultado y mediante un recurso judicial logró que Morales sea habilitado para las elecciones de 2019.