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Medio: El Potosí
Fecha de la publicación: martes 31 de mayo de 2022
Categoría: Órganos del poder público
Subcategoría: Órgano Judicial
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Ha sido publicado el informe final del Relator sobre independencia de Magistrados y Abogados Diego García-Sayán a Bolivia (disponible en https://documents-dds-ny.un.org/doc/UNDOC/GEN/G22/338/73/PDF/G2233873.pdf?OpenElement). A diferencia de quienes sostienen que no muestra nada nuevo bajo el sol, sostengo y destaco que fue directo a la yugular del sistema de administración de justicia boliviano.
Hay que empezar destacando que no se trata de un funcionario cualquiera, sino ni más ni menos que el principal de Naciones Unidas para independencia judicial y, su informe llegara hasta no solamente su Consejo de DDHH sino su misma Asamblea General. No es moco de pavo, entonces.
Pues bien, más allá del lenguaje diplomático en el que se suelen realizar esos informes; una lectura algo más profunda y analítica presenta varios mensajes o mejor, dardos, de altísima importancia para el estado boliviano y sus ciudadanos, entrampados en ese sistema, definitivamente, perverso. Mateo 13, 43.
La independencia judicial constituye un instituto de ius cogens, es decir, inderogable. En Bolivia, más allá del verso legal, esa carrera –así como la Fiscal- es muy débil, por la alta proporción de jueces transitorios, así como regulaciones y prácticas que afectan su inamovilidad. Terrible la directa referencia a que todos los Fiscales Departamentales no han sido nombrados como su propia Ley ordena. La precariedad de esos funcionarios, explica en parte, estos elementos reiterativos: falta de independencia; corrupción, ilegitimidad y falta de idoneidad.
Tremendo misil en el tema de la injerencia. Muestra una alta preocupación por un patrón de amedrentamiento sistemático a jueces, por presión del Ministerio de Gobierno (se quedó corto en eso); criticando la perversa práctica de instituciones públicas de querellarse en casos sensibles y sus, discursos punitivos. Otra vez: Mateo, 13,43.
La corrupción e impunidad del sistema, es un problema serio; entre otras por la extorsión de jueces, fiscales y autoridades penitenciarias; el temor del ciudadano les impide denunciarlas públicamente. Añade el Relator, la venta de cargos judiciales. Hay que sumar, la falta de transparencia del sistema, en parte porque no hay una ley de acceso a la información.
El sistema de elección popular de altos cargos del sistema, es un fracaso (algunos phajpakus dijeron que era “for export”); patentizado por su ilegitimidad (golearon los votos blancos y nulos) y politización (léase partidización) y, que: “no siempre ha conducido a escoger a las personas más idóneas” (!!! Sic!!!)
Sobre el presupuesto destinado al sector (0,50% del PGE) resalta que no permite sustentar una institucionalidad fuerte; aunque pese a esa miseria, son tan chacras que no ejecutan eficientemente y, terminan devolviendo recursos, pese a las evidentes necesidades. Vergonzoso aplazo, entonces. (Como el del Inde en la Libertadores). Eso sí, apoya retornar y clarificar la división de trabajo: los jueces a administrar justicia, sin involucrarse en lo administrativo.
La Ley del Deslinde ha sido una estrategia envolvente para sus destinatarios. Ni que decir sobre el alto índice de presos sin condena y los inhumanos niveles de hacinamiento carcelario; resaltando que es el estado quien tiene la responsabilidad de garantizar un juicio justo a todos, además de la integridad y salud de los internos.
De taquito, el relator remata con la necesidad de elegir un Defensor del Pueblo. Me dejó con sabor a muy poco, sus muy breves consideraciones sobre la Abogacía, ninguna sobre las presiones y represalias de la abogacía libre; aunque algún dardo también lanzó: los Colegios de Abogados tienen el derecho de fijar sus propias normas, tomar sus decisiones sin influencias externas, representar los intereses de sus miembros y estar en condiciones de mantenerse por si solos. La reforma del sistema, previo gran acuerdo nacional: clase política + el soberano.
Finalmente, a propósito del reciente fallo del TCP sobre la inconstitucionalidad de tipos penales como el terrorismo o incumplimiento de deberes; el Relator hace suyas los juicios del GIEI, sobre su inconstitucionalidad. Otro off side MAS del TCP. Así que, nuevamente: Mateo, 13, 43: “El que tenga oídos, que oiga”.



