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Medio: La Patria
Fecha de la publicación: martes 17 de julio de 2018
Categoría: Conflictos sociales
Subcategoría: Conflictos limítrofes
Dirección Web: Visitar Sitio Web
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"Actualmente estamos con cuatro nuevos procesos iniciados en el primer semestre de esta gestión, estos corresponden a los límites entre los municipios: Segundo tramo de Santiago de Huari-Challapata, Pampa Aullagas-Santuario de Quillacas, Curahuara de Carangas-San Pedro de Totora y Esmeralda-Escara", explicó.
López destaca la actitud de las autoridades políticas, originarias y de los pobladores que viven en sectores colindantes, quienes han demostrado su predisposición para resolver dichos procesos de la mejor forma posible, utilizando la vía pacífica y de entendimiento. Según la Ley 339, de Delimitación de Unidades Territoriales, deben aplicarse mecanismos de democracia directa, participativa, representativa y comunitaria a través de acuerdos conciliatorios.
"A nosotros como Dirección de Límites, la ley (339, de Delimitación de Unidades Territoriales) nos obliga a socializar, a hablar, concienciar y mostrar bondades de la nueva normativa, en ese marco nos movemos y los alcaldes tienen que sujetarse a ello, sin embargo, hemos encontrado bastante predisposición", añadió.
Más allá de que dicho proceso defina la jurisdicción de los municipios, la delimitación conlleva en una serie de beneficios para ambos sectores, por ejemplo, contar con proyectos y obras a las que no acceden las comunidades cuyos límites no están definidos, asimismo permite a la Gobernación contar con datos exactos para la georeferenciación.
Para definir límites intermunicipales, por ley la Gobernación es la entidad competente para iniciar los trabajos respectivos, siempre y cuando el alcalde o alcaldesa de cualquier municipio inicie el proceso a través de la presentación de una solicitud.