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La Defensoría del Pueblo evidenció que la omisión del control y fiscalización de las actividades mineras por parte de las autoridades del Estado, son determinantes para la vulneración de derechos como en la generación del conflicto socio ambiental en el municipio de Mapiri, del departamento de La Paz, donde se enfrentaron la comunidad indígena Leco Charopampa y la Cooperativa Minera Aurífera 15 de Mayo.
“Estamos ante una problemática compleja y cada vez más frecuente: la emergencia de conflictividad social ambiental en las actividades mineras. Esto se produce, porque la minería actúa al amparo del Estado, pero sin que este realice el suficiente control del cumplimiento de garantías constitucionales respecto a los derechos humanos, tales como la consulta previa y el medio ambiente sano, o la protección de los derechos de la Madre Tierra”, dijo la titular de ese despacho, Nadia Cruz.
Estas consideraciones están descritas en el informe 'Vulneración de derechos por omisión del control y fiscalización de actividades mineras en el municipio Mapiri del departamento de La Paz', que contiene los resultados de una investigación que realizó esa instancia ante las denuncias recibidas de la comunidad indígena Leco Charopampa y de la Cooperativa Minera Aurífera 15 de Mayo.
En la exposición del informe, la defensora explicó que el conflicto en Charompampa se inició en 2012, cuando la cooperativa recibió del Estado los derechos mineros para efectuar la explotación de oro en el sector, que se inició en 2017.
Señaló que esta actividad ha generado impactos ambientales, que, a su vez, han derivado en un conflicto mayor, con la toma de rehenes e instalaciones, en 2021. Aunque, en agosto de ese año, después de varios meses de tensión y enfrentamiento, la cooperativa y la comunidad suscribieron un acuerdo de explotación conjunta del sector, que tranquilizó temporalmente la zona.
El acto:
“En este conflicto, tanto el pueblo indígena Leco de Charopampa como la Cooperativa Minera 15 de Mayo, reclamaban, cada uno desde su perspectiva, que el Estado garantice sus derechos; sin embargo, se pudo evidenciar la omisión de varias responsabilidades estatales, como el cumplimiento de la consulta previa de acuerdo a estándares internacionales al momento de otorgar los derechos mineros, así como la falta de acciones para concluir la adecuación de los derechos mineros otorgados a la cooperativa, que hubiese permitido un control y fiscalización de las actividades mineras”, indicó la autoridad defensorial.
Según la investigación, la actividad minera de la cooperativa cuenta con licencia ambiental, pero esta no fue cumplida a cabalidad, pues se evidenció que las medidas de mitigación ambiental, aprobadas por el Estado, no fueron ejecutadas.
Durante la actividad minera, se cambió el curso del río, lo que produjo efectos en el medioambiente y en la población de Charopampa. “Las autoridades municipales, departamentales y nacionales no lograron sancionar debidamente estas consecuencias”, comentó Cruz.
El informe concluye que se han afectado los derechos de la Madre Tierra en cuanto a la vida, al agua, a la restauración de los sistemas de vida, y la falta de consolidación de la Defensoría de la Madre Tierra. Además, ha emitido 12 recomendaciones dirigidas a las autoridades competentes.
El informe: