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Medio: El Deber
Fecha de la publicación: domingo 26 de diciembre de 2021
Categoría: Organizaciones Políticas
Subcategoría: Constitución / Personería jurídica
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El Tribunal Supremo Electoral (TSE) a través de la Secretaría de Cámara hizo conocer a los partidos políticos y agrupaciones ciudadanas que los estatutos orgánicos adecuados a la Ley 1096 de Organizaciones Políticas deben ser entregados hasta las 16:00 del 31 de diciembre de 2021, como plazo máximo de cumplimento de esta disposición.
La información fue comunicada mediante el Instructivo TSE-PRES-SC 056/2021 y consta de seis puntos: Las organizaciones políticas que obtuvieron su personalidad jurídica en base a la Ley 1096 de Organizaciones Políticas, no requieren actualizar su estatuto interno.
Las organizaciones políticas deben presentar la documentación que acredite la adecuación de sus estatutos internos, hasta las 16.00 del 31 de diciembre de 2021. El TSE y los Tribunales Electorales Departamentales, deben garantizar el personal mínimo para la recepción de la documentación.
El reporte de las organizaciones políticas que presentaron los documentos debe ser remitido por correo electrónico a ([email protected]; [email protected]).
Los Tribunales Electorales deben conformar comisiones de trabajo para la revisión de la documentación de adecuación de los estatutos internos entre Secretaría de Cámara y Asesoría Legal, agrega el informe.
La Sala Plena del Tribunal Electoral competente, sobre la base del informe de la comisión de revisión del Estatuto y del informe de supervisión del Sifde, emitirá Resolución disponiendo el rechazo o autorización del registro de las adecuaciones estatutarias de la Organización Política. Esta Resolución deberá ser emitida dentro del plazo de treinta (30) días calendario, computables desde la recepción de la solicitud de registro presentada por la Organización Política de conformidad con lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 24 de la Ley 1096 de Organizaciones Políticas.
Los Tribunales Electorales Departamentales, deben emitir reportes semanales sobre el registro o rechazo de las adecuaciones estatutarias de las organizaciones políticas. Esta información se debe remitir en formato Excel (adjunto) por vía correo electrónico ([email protected]; [email protected]).
Los Tribunales Electorales Departamentales deben remitir al Tribunal Supremo Electoral copias legalizadas de los estatutos registrados y de las resoluciones donde se dispone su registro, hasta el 4 de febrero de 2022.
Asimismo, les recuerda a los partidos políticos y agrupaciones ciudadanas que este proceso de adecuación tuvo otras circulares como ser el TSE-PRES-SC 047/2021 del 13 de julio y TSE-PRES-SC 053/2021 del 8 de octubre, ambos de la presente gestión, en las cuales están los componentes sobre los cuales deben adecuar sus estatutos orgánicos y entregar hasta el 31 de diciembre, añade el informe.