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Medio: El Deber
Fecha de la publicación: jueves 11 de noviembre de 2021
Categoría: Conflictos sociales
Subcategoría: Marchas, bloqueos, paros y otros
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La población
determinó un paro cívico. Cívico se refiere al “comportamiento de los
ciudadanos y a la convivencia social de quienes integran la sociedad”. Así
gremiales, transportistas, plataformas ciudadanas, el Conade, comités cívicos y
otros han paralizado sus actividades laborales , en demanda de la abrogación de
la Ley 1386, acusada de pretender confiscar bienes, perseguir a adversarios
políticos y la venezonalización del país, bajo el argumento de la lucha contra
la corrupción y actividades ilícitas. Es una protesta popular, reivindicadora
de la nulidad de leyes inconstitucionales que afectan a los intereses de la
sociedad en su conjunto.
El gobierno,
oponiéndose al paro, señaló que la ley 1386 es una necesidad para luchar contra
el crimen (como si la Ley Marcelo Quiroga Santa Cruz del año 2010 no hubiera
modificado el tipo penal de legitimación de ganancias ilícitas, previsto en el
Código Penal). La Policía (bajo el mando político del Ministro de Gobierno; es
decir una Policía del gobierno y no del pueblo, contraria a la constitución
252.1 que previene como misión específica la defensa de la sociedad, la
conservación del orden público y el cumplimiento de las leyes), junto a
milicias paralelas (así lo reflejaron las denuncias en los medios), denotando un
enorme desespero gubernamental ante el paro y absoluta carencia de tino
político, salieron a apresar a ciudadanos (170 detenciones), pretendiendo
ahogar el paro mediante el temor.
En mayo de 1987 en
el gobierno de Víctor Paz, unos 10.000 cocaleros paralizaron el país en rechazo
al plan de lucha contra el narcotráfico y al proyecto de ley de sustancias
controladas. En 1991, con Jaime Paz, los cocaleros pararon contra los Anexos
1,2, y 3, del Acuerdo de Cartagena que permitía a las FFAA ingresar en la lucha
contra las drogas. En febrero de 1994, en el gobierno de Sánchez de Lozada y
ante el programa antidrogas para erradicar el cultivo de coca en el Chapare, se
realizó la Marcha por la vida, la coca y la soberanía. Entre 1998 y 2000, en el
gobierno de Hugo Banzer y ante la estrategia de sacar a Bolivia del circuito de
las drogas, erradicando 38.000 ha de cultivos de coca destinada a la
elaboración de cocaína en las zonas no tradicionales (Chapare) y la
implantación de tres cuarteles en la zona, campesinos bloquearon y pararon el
país.
En la primera
jornada del paro en Santa Cruz dos camionetas cargadas de vándalos fustigaban a
la ciudadanía que paraba en avenidas. Fueron filmados junto a policías. Ante el
reclamo popular por este indebido contubernio, el viceministro de Régimen
Interior, afirmó: “No se identificará a las personas que conforman los grupos
de choque que trabajaron con la Policía Boliviana para levantar ayer los puntos
de bloqueo en Santa Cruz, porque no se presentó ninguna denuncia ni estos vulneraron
derechos. Habría que demandar a la Universidad Mayor de San Simón que le dio el
título de abogado al viceministro por no enseñarle que el Código de
Procedimiento Penal ordena: “Tendrán obligación de denunciar los delitos de
acción pública los funcionarios y empleados públicos que conozcan el hecho en
el ejercicio de sus funciones”.
La Constitución
establece “el derecho al libre pensamiento, reunión y asociación pública o
privada, con fines lícitos. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos ya
reconoció que es evidente que las protestas interrumpen y afectan el normal
desarrollo de otras actividades, pero esa situación no vuelve per se ilegitimas
a estas formas de expresión. La protesta tiene como una de sus funciones
canalizar y amplificar las demandas de la población, especialmente de sectores
que no acceden a los medios idóneos para hacer valer sus reclamos ante las
instituciones.
En este caso,
mediante las leyes cuestionadas por la población, el ejecutivo pretende
subrogarse las competencias de legislar y juzgar (dictadura), extremo reñido
por la Constitución art. 12.1, que establece la independencia de poderes.
Además, en la Asamblea Legislativa el partido de gobierno no respeta los 2/3
para la aprobación de leyes. Consiguientemente y ante normas violatorias de
derechos humanos democracia, la población no tiene otro medio que acudir a los
paros cívicos, con todas las afectaciones de las actividades que ello implica
(amén que cuentan con la anuencia de la mayoritaria de la población), lo que se
constituye en un mecanismo legal de protesta protegido por la Carta Magna.